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Importantes beneficios y la primera devolución de impuestos: ¿Qué pagos hay en la segunda mitad de abril?

El pago de importantes beneficios continuará durante la segunda quincena de abril, lo que ayudará a un bolsillo familiar que hizo varios gastos en marzo, como los asociados al año escolar y el permiso de circulación, por mencionar algunos.

A lo largo de las semanas que restan, los principales grupos sociales que recibirán aportes del Estado son las familias, los trabajadores y los pensionados.

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No solo serán bonos y pensiones las que se otorgarán a los beneficiarios, pues también está calendarizada la primera devolución de impuestos —a los contribuyentes que les corresponda—, en el marco de la Operación Renta 2025.

¿Qué beneficios hay en la segunda mitad de abril?

A continuación, revisa cuáles son los beneficios más importantes que se pagarán durante la segunda quincena de abril:

Pensión Garantizada Universal

Conocida por sus siglas PGU, la Pensión Garantizada Universal entrega un monto máximo mensual de $224.004 a los adultos mayores de 65 años o más que no integren el 10% más rico de la población total del país y que cumplan con el resto de las condiciones.

Para acceder a ella se requiere una postulación (hazlo aquí); y quienes ya son beneficiarios, pueden consultar con RUT su fecha de pago en esta plataforma del IPS.

En el caso de los afiliados a las AFP, las administradoras efectuarán el pago de la jubilación con la PGU entre el jueves 17 y el jueves 24 de abril. Para conocer la fecha específica, se recomienda visitar el sitio web de la respectiva AFP a la que se pertenece.

La PGU tendrá una segunda alza en 2025 por la aprobación de la reforma de pensiones: el 1 de septiembre llegará a los $250.000 para un determinado grupo de beneficiarios (conócelos aquí).

LO ÚLTIMO

Bono al Trabajo de la Mujer

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) continuará con su modalidad mensual en febrero para sus actuales beneficiarias: mujeres trabajadoras que reúnan las condiciones (conócelas aquí).

Para el cuarto mes del año, el pago está calendarizado para el miércoles 30 de abril y su monto (de hasta $42.377) corresponderá según la remuneración que recibió la beneficiaria en enero.

La principal característica del BTM es que sus postulaciones están abiertas durante todo el año, en cualquier fecha y hora, a través de una página web del Sence. Para solicitarlo, la usuaria debe acceder a esta plataforma, pinchar en "Tu perfil" e ingresar con su RUT y Clave Única.

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Bono por Hijo

Las mujeres de 65 años o más que se pensionen y sean madres biológicas o adoptivas pueden obtener el Bono por Hijo, el que se otorga cuando se jubila, no desde el nacimiento de su hijo o hija.

El monto a recibir comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, considerando el mes en que nació el niño; o a $165 mil si nació antes del 1 de julio de 2009.

Para todas las madres que den a luz o adopten entre enero y abril de 2025, y cumplan los requisitos para ser beneficiaria, la cantidad referencial de dinero a la que accederán será de $919.144.

Dado que está integrado en la pensión mensual, la entrega correspondiente a abril será entre el jueves 17 y el jueves 24 para las afiliadas al sistema AFP. Las beneficiarias del IPS pueden consultar la fecha en esta página web.

Subsidio al Empleo Joven

El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) está dirigido a las y los trabajadores de 18 a 24 años, que se desempeñen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.

Las postulaciones se pueden realizar durante todo el año a través de Internet. Su pago mensual está programado para el miércoles 30 de abril y se entregará según se haya escogido al postular; es decir, a través de depósito en Cuenta RUT o cuenta bancaria; o pagos en efectivo en sucursales de BancoEstado.

Asignación Familiar

Además de los pensionados y los afiliados al sistema de AFP, la Asignación Familiar también beneficia a los trabajadores dependientes e independientes, a través de la entrega de un pago que es por carga familiar y cuya cifra varía, dependiendo del sueldo que reciba.

En el caso de los trabajadores dependientes, el dinero es otorgado por el empleador y está incluido en su sueldo, por lo que muchos empleados contratados lo reciben junto a su remuneración, a fines de abril.

Para los independientes que emiten boletas de honorarios, ellos lo obtienen mediante la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas. Por ejemplo, si la declaración de cargas fue en 2024, en la Operación Renta 2025 les corresponderá recibir el respectivo pago.

Primera devolución de impuestos

A propósito de la Operación Renta, el Servicio de Impuestos Internos comunicó que la primera devolución de impuestos será el viernes 25 de abril, solo para quienes hayan efectuado el proceso entre el 1 y 8 de abril (el calendario completo disponible aquí).

Recordar que el proceso de declaración de renta es obligatorio para todas las empresas; en el caso de las personas naturales, deben realizarla si es que reúnen las condiciones.

No todos los contribuyentes serán beneficiarios de la devolución, pues en algunos casos (deuda por pensión de alimentos, no pago de las cuotas del CAE, etcétera) el respectivo monto es retenido. Para consultar la eventual devolución, haz clic aquí.  

Asignación Maternal

La Asignación Maternal es similar a la Familiar, pero está enfocada en las trabajadoras embarazadas y los trabajadores cuyas cónyuges sean sus cargas y estén embarazadas.

Se paga cuando se "comprueba que (la trabajadora o cónyuge de un empleado) tiene cinco meses o más de embarazo", otorgándose por todo el período de gestación, según explica la Superintendencia de Seguridad Social.

Por su parte, el Instituto de Previsión Social señala que la Asignación Maternal también se paga junto al sueldo para los dependientes; y a los independientes con boleta de honorarios, el pago es anual por cada causante del beneficio reconocido al 31 de diciembre de 2024.

Los montos de la Asignación Maternal y de la Asignación Familiar corresponden a:

  • $21.243 por carga para quienes tengan un sueldo mensual que no supere los $598.698.
  • $13.036 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $598.698 y los $874.460.
  • $4.119 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $874.460 y $1.363.858.
  • Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo sueldo mensual sea superior a $1.363.858, no tendrán derecho a recibir la Asignación Familiar.

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