¿Cuáles son los grabados de patente que no están permitidos?
Todos los vehículos motorizados que circulan en Chile deberán tener las patentes grabadas en vidrios y espejos cuando el próximo 15 de mayo, día en que empieza a regir el Grabado de Patentes estipulado en la Ley 21.601.
Esta medida tiene como objetivo reducir el robo de este tipo de piezas y exige que estén grabadas en, al menos, 6 vidrios (laterales, luneta y parabrisas), además de los 2 espejos laterales.
Si el vehículo tiene más vidrios, como el caso de los furgones o buses, la Ley solo pide tener la patente en el mínimo exigido, es decir, seis vidrios más los espejos laterales. Por el contrario, en las motos, que tienen menos vidrios, la patente debe estar grabada en todos sus espejos.



Estos son los grabados de patentes que no están permitidos
Por Ley, los grabados en patentes que NO están permitidos son aquellos que:
- Se realicen con un material que no sea permanente.
- No tengan la altura de letra y números solicitada.
- Estén en letra cursiva y/o negrita.
- Las letras estén en minúscula.
Más en detalle, el grabado debe tener una altura de entre 7 y 10 milímetros para las letras y dígitos de los vidrios; y un alto de entre 5 y 10 milímetros en los espejos laterales. La letra debe estar siempre en mayúscula, debe ser legible y en formato normal, sin cursiva o negrita
Únete a nuestro canal de WhatsappAsimismo, el grabado debe ser permanente y tiene que haber implicado un desgaste al vidrio y espejo, más allá de la técnica utilizada, las que pueden ser arenado, tallado, ácido, entre otros.
¿Cuáles son las multas?
A partir del 15 de mayo de 2025, quienes sean controlados por fiscalizadores, inspectores o Carabineros y no cuenten con el grabado, arriesgan una multa que va desde 1 a 1,5 UTM.
Considerando el valor de la UTM a abril de 2025, la multa puede ir desde $68.306 a $102.459.
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