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Fondo solidario de cesantía: ¿Quiénes lo pueden recibir?

Al momento de quedar cesante, las personas tienen la posibilidad de recibir un aporte monetario entregado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entidad encargada del Seguro de Cesantía y el Fondo de Cesantía Solidario.

Estos otorgan un monto previamente ahorrado a las personas que quedaron sin trabajo, de manera que puedan ser una ayuda ante la renuncia, o despido.

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¿Quiénes pueden recibir el Fondo Solidario de Cesantía?

El Fondo Solidario pueden cobrarlo aquellas personas que no cuentan con recursos suficientes en sus cuentas individuales.

Por tanto, los desempleados que tienen montos bajos en sus cuentas y que no pueden financiar el Seguro de Cesantía, pueden implementar el Fondo Solidario de Cesantía.

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Para acceder al fondo solidario es necesario cumplir con los siguientes requisitos establecidos por la AFC:

  • Estar cesante.
  • No contar con los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía durante los 24 meses anteriores al despido.
  • Tener las cotizaciones abonadas antes de la fecha del término del contrato.
  • Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Estar cesante y haber sido despedido por causas involuntarias,  ya sea, vencimiento del plazo convenido en el contrato, caso fortuito o fuerza mayor, necesidades de la empresa, quiebra del empleador o conclusión del trabajo/servicio que dio origen al contrato.

Quienes se adjudiquen el FCS recibirán cinco pagos mensuales, cuyos montos (equivalentes al promedio de remuneraciones de los últimos 10 meses) decrecerán a medida que transcurren los meses. Además, el beneficiario podrá acceder a otras prestaciones, tales como cobertura de salud en Fonasa, aporte a AFP y la Asignación Familiar.

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