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Subsidio de Agua Potable: Estos son los requisitos y cómo pedirlo

Destinado para las familias más vulnerables, el Subsidio de Agua Potable y servicio de alcantarillado es un beneficio entregado por el Estado para ciertos hogares para alivianar los gastos asociados a ese ítem.

En concreto, consiste en una ayuda económica que cubre una parte del monto a pagar por el uso del servicio de agua potable y alcantarillado, en una vivienda en el sector urbano o rural del país, informa ChileAtiende.

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Los montos van destinados a los hogares que destinen el 5% o más de los ingresos mensuales para el pago del consumo de agua potable y alcantarillado de aguas servidas, pudiendo ser subsidiados con una parte o el porcentaje del pago mensual de un consumo máximo de 13 metros cúbicos.

¿Quiénes pueden recibir el Subsidio de Agua Potable y cómo solicitarlo?

El porcentaje a subsidiar, de la cuenta de consumo de agua potable y alcantarillado, puede ser desde el 25% hasta el 85% del valor total, dependiendo del nivel socioeconómico.

LO ÚLTIMO

En todo caso, hay que destacar que este es un beneficio postulable. Para hacer el trámite, los interesados deben dirigirse a al departamento social de la municipalidad que corresponde al domicilio del jefe de familia y hacer entrega de los documentos solicitados.

Para hacer efectiva la postulación, se exige lo siguiente:

  • Ser residente permanente de un domicilio que corresponda con la municipalidad que conceda este beneficio.
  • Estar al día en los pagos con la empresa de servicios sanitarios o de agua potable rural, según corresponda.
  • Ser la jefa o jefe de hogar de la familia principal para la postulación.
  • Cumplir con el requisito de incapacidad de pago o requisito de carencia.
  • Presentar una postulación de agrupación colectiva. Todas las jefaturas de familia de cada una de las viviendas que componen el colectivo deben presentar postulación en la municipalidad.
  • Contar con Registro Social de Hogares (RSH).
  • Presentar la última boleta del agua de la empresa sanitaria o al sistema de agua potable rural, según corresponda, la que tiene que estar pagada.

La persona que postula, además de ser residente permanente, puede ser:

  • Propietaria de la vivienda.
  • Arrendataria de la vivienda, siempre y cuando al interior de la misma no viva el propietario.
  • Usufructuaria de la vivienda.
  • Allegada externa de la vivienda cuando al interior de un sitio existe más de una vivienda abastecida por el mismo medidor y que para el subsidio al pago del consumo del agua potable se conoce con el nombre de colectivo.