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¿Estás pensionado? Consulta cuáles son los pagos que pueden recibir los jubilados

Entre todos los grupos que reciben beneficios sociales, el Estado está fuertemente comprometido con los pensionados y pensionadas del país. Son varias las ayudas monetarias que ellos y ellas reciben, la mayoría destinada a mejorar sus respectivas jubilaciones.

Octubre será un nuevo mes en que los jubilados recibirán bonos y otro tipo de pagos, recibiéndolos siempre que cumplan las condiciones para ser destinatarios. Los aportes que se detallarán requieren de una postulación o solicitud, trámite que se puede efectuar presencialmente o a través de Internet. 

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¿Qué beneficios hay para pensionados?

Pensión Garantizada Universal

Independiente de si son pensionados o aún no se jubilan, los adultos mayores de 65 años —que no integran el 10% más rico de la población— pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), pago que complementa la pensión que hoy reciben.

La PGU, cuyo pago está a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), entrega un monto mensual de hasta $214.296, cifra que se reajuste en febrero de cada año, de acuerdo a la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Quienes sean pensionados deben tener una pensión base menor a $1.158.355 para obtener la PGU y acreditar residencia en Chile en un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos y deben haber vivido en el país, al menos, cuatro de los cinco años previos a la fecha de solicitud de la pensión.

Cumpliendo estas condiciones, el usuario puede solicitarla en el Sistema Integrado de Beneficios Solidarios de ChileAtiende (disponible aquí). Allí se anotan los datos solicitados y el sistema mostrará si la persona califica para obtenerla y cómo solicitarla.

Bono por Hijo

Las mujeres de 65 años que se pensionen pueden optar al pago del Bono por Hijo, dirigido especialmente a madres, ya sean biológicas o adoptivas. Su monto genera rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos.

Si el niño nació antes del 1 de julio de 2009, su valor corresponde al salario mínimo vigente en julio de 2009: $165.000. En cambio, si el nacimiento se produjo después del 1 de julio de 2009, el monto será equivalente al sueldo mínimo que estaba vigente durante el mes del nacimiento.

Para optar a Bono por Hijo es necesario: tener 65 años o más; vivir en Chile por un período de 20 años contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años; y haber vivido en el país, al menos, cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.

Quienes cumplan con las condiciones pueden solicitar el Bono por Hijo por Internet siguiendo los pasos en la plataforma de consulta de ChileAtiende o de manera presencial en la AFP a la que estén afiliadas, o en una oficina de ChileAtiende.

LO ÚLTIMO

Bono de Reconocimiento

Cuando los adultos mayores jubilan pueden acceder al Bono de Reconocimiento, beneficio económico que entrega el Estado a las y los trabajadores que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP.

El bono es un documento expresado en dinero que se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario, sumándolo a los ahorros acumulados cuando jubilan por vejez o invalidez, o cuando fallecen.

Para solicitarlo, la persona debe dirigirse a la AFP en que se encuentra afiliada, donde deberá suscribir una Solicitud de Cálculo y Emisión de Bono de Reconocimiento; además de completar el Anexo Detalle de Empleadores, si es que corresponde.

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Aporte Familiar Permanente

Por otro lado, si bien no es un bono que se paga precisamente en octubre, sus beneficiarios (entre ellos los trabajadores) aún están a tiempo de cobrar el dinero que otorga el Aporte Familiar Permanente.

El también conocido como Bono Marzo establece nueve meses para que sus destinatarios lo cobren, plazo destinado a las personas que lo retiran presencialmente en sucursales de BancoEstado o de la Caja de Compensación Los Héroes, ya que al resto se le depositó en su cuenta bancaria.

Según el tipo de beneficiario, las últimas fechas para cobrar la bonificación son las siguientes:

  • La primera nómina de beneficiarios puede cobrar el dinero hasta el 15 de noviembre.
  • La segunda (incluye a pensionados del IPS), hasta el 1 de diciembre.
  • La tercera (incluye a pensionados de entidades distintas al IPS), hasta el 15 de diciembre.

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