Bonos para cesantes en septiembre: Descubre qué beneficios puedes recibir este mes
- Por Vladimir Núñez
Ya sea por despido o por renuncia voluntaria, aquellas personas que se encuentran cesantes pueden acceder a una serie de bonos y beneficios monetarios.
Todo sobre Beneficios Cesantes
¿Cuáles son los bonos que hay para cesantes?
Estos son los beneficios que puedes recibir si es que te encuentras cesante y cumples con los requisitos, aquí te mostramos algunas opciones y cómo cobrarlos:
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio enfocado en quienes tenían contrato de trabajo, ya que una parte de su sueldo mensual iba destinado a una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), institución que entrega este beneficio a las personas sin empleo y que cumplan estos requisitos:
- Estar cesante y cumplir con cualquiera de las causales de término de relación laboral contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas: Para contrato indefinido son al menos 10 cotizaciones mensuales. Para contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado son al menos 5 cotizaciones mensuales.
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores.
Para solicitar este beneficio debes ingresar a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) en este enlace con tu RUT y clave de acceso AFC o con tu ClaveÚnica. También puedes hacer el trámite de forma presencial en alguna de las sucursales de AFC, (conoce cuáles son ingresando aquí).
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario se entrega a las personas que no tienen recursos suficientes para cobrar su Seguro de Cesantía o a quienes se les acabó el dinero de ese fondo y aún no encuentran trabajo. Para cobrarlo debes cumplir con estas condiciones:
- Estar cesante.
- No tener recursos suficientes en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
- El contrato debe haber terminado por vencimiento del plazo, caso fortuito o fuerza mayor.
- Tener 10 cotizaciones pagadas por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido.
- Contar con 8 cotizaciones pagadas (cualquier tipo de contrato), en caso de haber perdido tu trabajo en una zona decretada en Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, zonas afectadas por un desastre natural o alerta sanitaria compleja.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
- Activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE).
Para poder cobrar este beneficio debes entrar aquí con tu RUT y ClaveÚnica, o bien forma de presencial en alguna de las sucursales de AFC. Se debe tener en consideración que este bono se puede cobrar hasta 10 veces en cinco años.
Ir a la siguiente notaSubsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía está dirigido a quienes no cumplan con los requisitos del Seguro de Cesantía. En este caso, el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación son las que lo pagan hasta por un máximo de 360 días si se cumple con estos requisitos:
- Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).
Para cobrar este bono se debe ir presencialmente a una oficina de ChileAtiende o a tu caja de compensación a la que estabas afiliado.
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