Pensión Garantizada Universal: ¿Quiénes pueden perder la PGU?
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual que entrega un monto de hasta $214.296.
Este aporte lo reciben las y los adultos mayores de 65 años que no sean parte del 10% más rico de la población y que cumplan otras condiciones adicionales.
Todo sobre Pensión Garantizada Universal
La PGU incluso la pueden recibir las personas que continúen trabajando y/o que sean beneficiarias de alguna pensión de algún régimen previsional como AFP o ex caja de previsión social.
¿Quiénes pueden perder la PGU?
Los adultos mayores que sean beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal, pueden perder el derecho a seguir recibiendo la PGU ya sea de manera temporal o definitiva.
Los pagos de la PGU se pueden suspender en caso de que:
- La pensión PGU no se cobre durante 6 meses continuos. En este caso, el beneficiario puede solicitar la reactivación del beneficio en el plazo de 6 meses desde que se emitió la resolución de suspensión. Si no se solicita en este período, el IPS debe extinguir o poner término al beneficio.
- No entregar los antecedentes para acreditar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener la PGU, en el período de tres meses contados desde que se generó la solicitud por parte de IPS.
Por otro lado, el beneficio puede extinguirse para quienes:
- Sean beneficiarios y fallezcan. Se extinguirá a contar del último día del mes de su fallecimiento.
- Permanezcan fuera del país por más de 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario.
- Entreguen antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar cumplimiento de los requisitos de acceso a la PGU.
- Dejen de cumplir el requisito de focalización (sean parte del 10% más rico de la población).
¿Cuáles son los requisitos de la PGU?
Las solicitudes para obtener la Pensión Garantizada Universal la pueden realizar las personas que tengan 65 años o más, independiente de si son hombres o mujeres, que cumplan con los siguientes requisitos:
- No ser parte del 10% más rico de la población total del país.
- Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
- Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Contar con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.
Para solicitar la PGU hay que entrar al sitio web del ChileAtiende (haz clic aquí), donde podrás conocer si calificas para obtener el aporte y seguir los pasos necesarios para su solicitud.
La Pensión Garantizada Universal también se puede solicitar de manera presencial en una sucursal de ChileAtiende (ingresa aquí para saber cuáles son).
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