Compensación por divorcio de fondos AFP: ¿A quiénes les corresponde?
- Por Lucas Figueroa
Los cotizantes tienen una serie de beneficios a los que pueden acceder si de pensiones se trata. A pesar de no ser tan conocidos, quienes se encuentren afiliados a este sistema pueden hacer heredables sus fondos, acceder a una cuota mortuoria una vez que fallecen e incluso tener una compensación por divorcio.
En lo que respecta a esta última, desde la Superintendencia de Pensiones (SP) especifican que en caso de divorcio, uno de los cónyuges puede recibir una compensación económica por parte del otro cónyuge.
Esto, siempre y cuando se acredite que existió un menoscabo económico en contra de quien solicita esta compensación.
¿Cuáles son los requisitos para recibir la compensación por divorcio?
Para tener derecho a la compensación por divorcio el solicitante debe haber estado casado por cualquier régimen patrimonial.
De la misma manera, es indispensable estar legalmente divorciado y que un juez determine que efectivamente existió un menoscabo económico.
Cabe destacar que esta compensación es traspasado de la cuenta de AFP del cónyuge que habría efectuado el menoscabo económico en contra de la víctima.
Una vez que se acredita que hubo tal situación, la AFP respectiva tendrá 15 días hábiles siguientes una vez que se emanó la orden de compensación.
Si el cónyuge compensado no está afiliado al sistema, deberá crear una cuenta voluntaria a su nombre.
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