¿Qué autos no tienen restricción vehicular?
Como una forma de disminuir la contaminación ambiental y agilizar los tiempos de viaje en la Región Metropolitana, todos los años se implementa la restricción vehicular.
En época invernal, el uso de calefacción y las partículas que emiten los automóviles en meses de bajas temperaturas pueden empeorar la calidad del aire, por lo que la medida restringe el tránsito de algunos vehículos en días específicos.
La restricción queda determinada diariamente según los dígitos de la placa patente del automóvil, su año de fabricación y si cuentan o no con sello verde.
Eso sí, independiente del decreto de la restricción vehicular, algunos vehículos están autorizados a transitar libremente por las áreas en las que está vigente la normativa.
¿Qué automóviles no tienen restricción vehicular?
Pese a que el Ministerio de Transportes aún no ha informado mayores detalles de la restricción vehicular 2024, se espera que los vehículos liberados de la medida sean los mismos que el año pasado, es decir:
Aparte de algunos autos y motocicletas catalíticas, también están exentos de tener restricción los siguientes vehículos:
- Vehículos que ingresen a las comunas con restricción desde fuera de Santiago (deben acreditarlo).
- Vehículos de emergencia de Carabineros, PDI, Bomberos, municipales, ambulancias y Gendarmería.
- Autos modificados para discapacitados o que se usan para el traslado de personas con alguna discapacidad con la credencial del Registro Nacional de Discapacidad
- Vehículos que prestan servicios a hospitales, clínicas, centros de rehabilitación y centros de salud.
- Vehículos de uso particular que deban destinarse de forma habitual al transporte de personas determinadas que padezcan enfermedades que, en razón de sus tratamientos o controles, deban concurrir frecuentemente a centros de salud, lo que deberá acreditarse detalladamente en la certificación del médico tratante o el centro de salud respectivo.
- Coches mortuorios.
- Vehículos que prestan servicio a la Comisión Chilena de Energía Nuclear.
- Vehículos 100% eléctricos o híbridos.
- Vehículos a gas que cumplan con el D.S Nº 55/98 y que cuentan con la Revisión Técnica pertinente.
- Vehículos autorizados a circular como parte de proyectos experimentales aprobados por la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.
- Vehículos de canales de televisión equipados con antenas para transmisión en directo
- Vehículos que prestan servicios de transporte público remunerado de pasajeros, excepto buses rurales e interurbanos.
- Vehículos de transporte remunerado de escolares.
- Vehículos destinados a la recolección de basura.
- Vehículos con algún tipo de patente diplomática.
En tanto, los vehículos que sí se ven afectados por la restricción son los siguientes:
- Automóviles, station wagons y similares, sin sello verde.
- Motocicletas y similares de años anteriores al 2002.
- Buses de transporte privado remunerado de pasajeros, buses interurbanos y rurales sin sello verde.
- Vehículos de transporte de carga sin sello verde.
- Automóviles, station wagons y similares con sello verde, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre del año 2011.
- Motocicletas y similares, inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010.
¿Cuándo empieza la restricción vehicular?
Actualmente, el calendario oficial de la restricción vehicular para este 2024 todavía no es publicado. Sin embargo, se espera que se implemente en fechas similares a años anteriores, es decir, que comience a principios de mayo y que termine el 31 de agosto.
Durante los cuatro meses de vigencia, la medida se aplica de lunes a viernes, excepto días festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas.
En el año 2023, esta disposición amplió su alcance, abarcando desde el anillo de Américo Vespucio hasta la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo.
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