Permiso de circulación 2024: ¿Cuándo se debe pagar la segunda cuota?
El pasado 31 de marzo venció el plazo para realizar el pago del permiso de circulación, a menos que el solicitante haya optado por el pago en dos cuotas, ya que en estos casos se podrá cancelar el resto después.
Efectuar este trámite es obligatorio. Quienes no lo realicen podrían quedar como moroso o morosa, arriesgándose así a intereses, multas policiales o a la retención del automóvil.
En concreto, los conductores que sean sorprendidos circulando sin el documento, se exponen a recibir un parte de Carabineros que varía entre las 1 y las 1,5 UTM, es decir, entre $64.343 y $96.515.
¿Cuándo se debe pagar la segunda cuota?
Teniendo en cuenta que marzo es un mes complejo para las y los chilenos en cuanto a gastos, el pago en dos partes del permiso de circulación significa un alivio para el bolsillo. Sin embargo, es importante cumplir con los plazos establecidos.
En este sentido, hay que tener cuenta que los conductores no podrán recurrir a este beneficio si pagan su permiso de circulación atrasado. Por el contrario, deberán abonar todo el dinero de inmediato.
Además, deberán cancelar una multa que cobran todas las municipalidades y que corresponde al 1,5% del costo total del documento, el que se va acumulando cada mes y se actualiza con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Únete a nuestro canal de WhatsappAsí, la segunda cuota deberá pagarse entre el 1 y el 31 de agosto de 2024. Eso sí, para aquellos que se retrasen en el último pago, se aplicará una multa equivalente al 35% del valor del permiso.
¿Qué documentos necesito para obtener el permiso de circulación?
Los documentos que necesitas para obtener el permiso de circulación son los siguientes:
Vehículos usados
- Permiso de circulación anterior.
- Certificado de homologación (si corresponde), o revisión técnica vigente.
- Póliza del seguro automotor obligatorio, que debe cubrir el periodo de vigencia del permiso de circulación.
- Tarjeta de dominio o padrón, según inscripción en el Servicio de Registro Civil.
Vehículos nuevos
- Factura de compra (incluye la copia).
- Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
- Certificado de homologación (si corresponde) y certificado de normas de homologación.
- Póliza de seguro automotor obligatorio con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.
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