¿Puedo cobrar el Seguro de Cesantía si renuncio a mi trabajo?
- Por Julieta Garagay
Cuando las personas se encuentran sin trabajo, existe una ayuda monetaria que pueden solicitar mientras están cesantes y en la búsqueda de una nueva fuente laboral.
Es el Seguro de Cesantía, una ayuda estatal administrada por la AFC Chile que entrega una cantidad determinada de dinero al mes. Esos recursos se extraen desde la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), una en la que su exempleador le cotizó mensualmente el 3% de su remuneración imponible al trabajador.
¿Puedo cobrar el Seguro de Cesantía si renuncio a mi trabajo?
La entidad ha establecido que pueden acceder a este beneficio todas aquellas personas que hayan quedado sin trabajo.
De este modo, sí se puede cobrar si la persona renunció a su fuente laboral. Esto, ya que la AFC específica que pueden acceder al pago quienes se encuentren sin trabajo por:
- Causas voluntarias (como renuncia).
- Causas involuntarias (como despido o fin del contrato de trabajo).
¿Existen otros requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía?
Sí. El otro requisito que hay que cumplir es de las cotizaciones mínimas. A fines de diciembre de 2023 entraron en vigencia las modificaciones que se le hicieron al Seguro, las que sirvieron para flexibilizar su otorgamiento y así entregarlo a un mayor número de personas que se encuentran en situación de cesantía.
De este modo, antes de efectuar su cobro, se requiere un mínimo de cotizaciones pagadas, el que corresponde en cada caso a:
- 10 cotizaciones mensuales para trabajadoras y trabajadores con contrato indefinido o de casa particular (antes eran 12).
- 5 cotizaciones mensuales en el caso de trabajadoras y trabajadores con contrato a plazo fijo (antes eran 6).
Vale precisar que las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral; y que pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores, indica la AFC en su página web.
Únete a nuestro canal de Whatsapp¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía?
Para cobrar el Seguro de Cesantía es necesario seguir los siguientes pasos:
- Ingresar a la sucursal virtual de AFC (pincha aquí) con su RUT o NIC y clave de acceso personal o también con Clave Única.
- Una vez dentro de su sucursal virtual, debe presionar en la pestaña que dice "Cobro del Seguro".
- Posteriormente, elegir la opción "Solicitud en Línea", presionar el botón "Cobrar Seguro de Cesantía" y rellenar el formulario con la información solicitada.
Es importante tener en cuenta que para poder realizar el cobro, debe estar cesante y tiene que acreditar esta condición, ya sea presentando el finiquito firmado y ratificado o en su defecto algún documento que demuestre el término de la relación laboral.
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