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Plebiscito 2023: ¿Cuáles son las excusas para no ser vocal de mesa?

Las personas mayores de 18 años pueden consultar si fueron seleccionadas para ejercer el cargo de vocales de mesa hoy domingo 17 de diciembre, en el desarrollo del Plebiscito para votar "A favor" o "En contra" de la propuesta de nueva Constitución

Quienes fueron llamados para desempeñar este rol tienen la misión de procurar que el proceso electoral se desarrolle normalmente, atendiendo las consultas de los votantes y responsabilizándose de las urnas de cada local.

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¿Cómo saber si soy vocal de mesa para el Plebiscito?

La publicación de la nómina de vocales de mesa —además de los miembros de colegios escrutadores designados por las juntas electorales— se publicó el pasado sábado 25 de noviembre.

Desde ese día, los mayores de 18 años —que por ley están obligados a votar en este Plebiscito— deben visitar el sitio web www.consulta.servel.cl para conocer si fueron nominados. Para ello tienen que ingresar su RUT, sin puntos y con guion, y dar clic en el botón "consultar".

Así, el usuario no solo conocerá si fue elegido vocal de mesa, sino también otros datos importantes, tales como:

  • Si está (o no) habilitado para votar.
  • Su comuna, local y mesa de votación.
  • Ubicación de su local de votación.
  • Si es miembro (o no) del colegio escrutador.

¿Cómo excusarme para no ser vocal de mesa?

El periodo para excusarse finalizó el pasado miércoles 29 de noviembre, por lo que ahora solo resta con cumplir la ley 

Las únicas justificaciones admitidas para no ejercer el rol de vocal de mesa fueron:

  • Estar fuera del país.
  • Encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar de votación de donde se está inscrito (se debe acreditar mediante un documento otorgado en comisarías de Carabineros durante el mismo día del Plebiscito).
  • Estar enfermo, lo que debe acreditarse (certificado médico).
  • Encontrarse realizando algunas de las funciones que encomienda la Ley N°18.700 sobre votaciones populares y escrutinios, como ser presidente de la Junta Electoral, de las mesas receptoras y de los colegios escrutadores, por ejemplo.
  • Tener más de 70 años de edad.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
  • Estar la mujer embarazada dentro de las seis semanas previas al parto o estar en el período de las 24 semanas posteriores al parto, lo que deberá acreditar mediante certificado médico o acreditando que recibe el post natal.
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Los vocales de mesa que no acudan a desempeñar esta función, arriesgan una multa que va desde 2 a 8 UTM (desde $127.920 a $511.680), la que deberán pagar ante el Juzgado de Policía Local de su respectiva comuna.

Para conocer cuál es la dirección de las Juntas Electorales por región, haz clic en este enlace (aquí)

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