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Aguinaldo de Navidad del sector público: ¿Quiénes reciben el pago esta semana?

El proyecto de ley de reajuste salarial del sector público continúa su tramitación en el Congreso.

Esta ley significará un aumento del 4,3% en las remuneraciones de los empleados fiscales, desde el 1 de diciembre de 2023, además de incrementos en bonos y aguinaldos para trabajadores públicos.

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Uno de los beneficios que contempla esta ley es el aguinaldo de Navidad 2023 para los trabajadores del sector público. 

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Navidad?

El monto aguinaldo de Navidad para trabajadores del sector público depende la renta del beneficiario.

En concreto, el aguinaldo 2023 será de:

  • $66.089 para trabajadores cuya remuneración líquida percibida en noviembre de 2023 sea igual o inferior a $984.282. 
  • $34.959 para aquellos cuya remuneración bruta de carácter permanente sea igual o inferior a $3.259.429.

 

Aguinaldo sector público (Shutterstock)

 

¿Quiénes reciben el pago esta semana?

Aunque aún no se promulga como ley, de acuerdo a un decreto del Ministerio Hacienda publicado en septiembre pasado, los pagos de los sueldos de diciembre, con su respectivo aguinaldo, comenzarían esta semana.

En diciembre el pago del salario correspondiente se adelanta, de modo que las y los trabajadores públicos puedan adecuar sus finanzas de cara a las celebraciones de Navidad.

De ese modo, quienes recibían su sueldo el 18 o 19 de diciembre, obtendrán el pago de su remuneración de este mes, junto al aguinaldo, este viernes 15.

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El resto de los pagos quedó programado de la siguiente manera:

  • Si me pagaban el 21 de diciembre, recibiré ambos pagos el martes 19 de diciembre.
  • Si me pagaban el 22 de diciembre, recibiré ambos pagos el miércoles 20 de diciembre.
  • Si me pagaban el 23 de diciembre, recibiré ambos pagos el miércoles 20 de diciembre.
  • Si me pagaban el 24 de diciembre, recibiré ambos pagos el jueves 21 de diciembre

El aguinaldo de Navidad lo reciben los funcionarios públicos que desempeñen cargos de planta y a contrataperteneciendo a alguno de los siguientes organismos:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

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