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Aguinaldo de Navidad del sector público: Estos son los montos según el sueldo de cada trabajador

Este lunes 11 de diciembre comenzará la tramitación legislativa del proyecto de Ley de Reajuste del Sector Público.

Luego de diversas reuniones, el Gobierno y la Mesa del Sector Público CUT-Chile alcanzaron un acuerdo para reajustar las remuneraciones de los empleados fiscales y los diversos bonos y aguinaldos que reciben.

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En ese sentido, se establecieron los nuevos montos del aguinaldo de Navidad 2023 de los trabajadores públicos.

¿Cuál es el monto del aguinaldo de Navidad en el sector público?

El aguinaldo de Navidad para trabajadores del sector público tendrá dos montos, dependiendo de la renta del beneficiario.

En detalle:

  • Será de $66.089 para trabajadores cuya remuneración líquida percibida en noviembre de 2023 sea igual o inferior a $984.282. 
  • Será de $34.959 para aquellos cuya remuneración bruta de carácter permanente sea igual o inferior a $3.259.429.

 

Aguinaldo sector público (Shutterstock)

 

Los montos serán mayores que los recibidos en 2022, cuando fue de $63.062 para los trabajadores del primer tramo y de $33.358 para los del segundo.

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¿Qué trabajadores públicos reciben el aguinaldo de Navidad?

La ley establece que el aguinaldo de Navidad será recibido por funcionarios públicos que desempeñen cargos de planta y a contrata, perteneciendo a alguno de los siguientes organismos:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

En el caso de los trabajadores del sector privado, la entrega del aguinaldo no es obligatoria. Sin embargo, sí puede ser una obligación para la empresa cuando su otorgamiento está establecido en el contrato de trabajo o en convenios colectivos.

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