Programa Pequeños Condominios: ¿Qué requisitos se deben cumplir para optar a este beneficio?
- Por Lucas Figueroa
Dentro de los beneficios que tiene a disposición el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) se encuentra el Programa Microradicación y Pequeños Condominios.
Este permite que quienes sean propietarios de un terreno puedan construir en copropiedad en sectores urbanos sin crédito hipotecario.
De acuerdo a lo especificado por el propio Minvu, a través de su cuenta de Instagram, esta iniciativa, más específicamente, consiste en que quien sea dueño del terreno cede el mismo a los grupos familiares que integrarán el pequeño condominio para tener su propia vivienda.
Así, se puede llegar a construir condominios de hasta 12 viviendas en terrenos urbanos.
¿Cuáles son los requisitos del Programa Microradicación y Pequeños Condominios?
En cuanto a las exigencias que se deben cumplir para acceder al programa, estas son las siguientes:
- Al menos una de las personas postulantes debe ser propietaria o heredera del terreno y ceder parte de los derechos de propiedad a los demás grupos de familia.
- Al menos el 50% de las familias integrantes deberá pertenecer al 40% del Registro Social de Hogares (RSH) y el otro 50% puede tener un RSH de hasta 90%.
- Contar con un ahorro mínimo entre 10 UF a 15 UF, según el tramo del RSH al que pertenezca.
- No haber recibido un subsidio anterior ni estar postulando a otro subsidio.
¿Qué se necesita para postular al Programa Microradicación y Pequeños Condominios?
- Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes. Recordar que: al menos el 50% de sus integrantes deberá pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Respecto el ahorro, el mínimo es de 10 o 15 Unidades de Fomento dependiendo del tramo de la RSH al que pertenezca cada persona. En algunos casos, dependiendo del tipo de proyecto se debe contar con ahorro adicional.
- Y, cada integrante debe cumplir todos los requisitos del Programa y no estar afecto a los impedimentos que se establecen, como estar postulando a otro programa habitacional o haber tenido beneficio habitacional anteriormente, en el caso de allegados.
- El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa). Opcionalmente, puede ser asesorado por un Equipo Técnico Profesional, y en los casos individuales de un Profesional Independiente.
- La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la construcción de un loteo o copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
- El proyecto es evaluado por Serviu, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que éstas sean corregidas por la Entidad Patrocinante, Equipo Técnico Profesional, o Profesional Independiente.
- Una vez que el proyecto resulte calificado por Serviu, pueden participar en la selección que se dispone con este Llamado.
- Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.
En todo caso, cabe destacar que la postulación puede ser tanto individual como colectiva.
Fecha de postulación
Se puede postular hasta el 7 de diciembre y, mientras se construyen las viviendas, las familias reciben una ayuda por parte del Minvu para alquilar una vivienda con un tope máximo de 11 UF mensuales de valor de arriendo.
Leer más de