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Pensión Garantizada Universal: ¿A quiénes se les aplican descuentos?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) corresponde a un beneficio económico mensual que pueden recibir las y los adultos mayores de 65 años o más.

Para ser beneficiario de la PGU no es necesario estar pensionado y la pueden obtener incluso quienes siguen trabajando. Además, en el caso de los pensionados de AFP que cumplan con los requisitos, el monto de este beneficio estatal complementa al de su pensión.

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La PGU actualmente entrega un monto de hasta $206.173 mensuales por beneficiario.

¿A quiénes se aplican los descuentos a la PGU?

Desde el Instituto de Previsión Social (IPS) explicaron que hay pensionados que pueden tener descuentos de cooperativas, cajas de compensación o aportes a asociaciones de pensionados, por préstamos o por cotizaciones de salud en algunos casos.

Frente a esto, una interrogante que puede surgir entre los beneficiarios de la PGU es conocer cómo se aplican los descuentos a quienes, además de obtener la Pensión Garantizada Universal, también reciben pensión de Compañía de Seguros o AFP.

¿Cómo se aplican los descuentos a la PGU?

Según lo normado por la Superintendencia de Pensiones, los descuentos se distribuyen proporcionalmente entre los dos pagos: el de la pensión de AFP o de la Compañía de Seguros; y el de la PGU.

Por ejemplo, si una persona tiene algún descuento por un préstamo que solicitó, se aplica una parte de los descuentos en su pensión de AFP o Compañía de Seguros; y, por otro lado, se aplica el porcentaje restante de descuentos en el pago de la PGU.

Quienes tengan algún descuento de su pensión, pueden conocer el desglose detallado de estos descargando su liquidación consolidada de pagos en el sitio web de ChileAtiende (clic aquí), donde deben iniciar sesión con Clave Única.

La liquidación también se puede solicitar en la AFP o Compañía de Seguros respectiva, o en las sucursales ChileAtiende (conócelas aquí).

Cabe destacar que en ChileAtiende, la liquidación consolidada está disponible todos los meses a partir de la fecha de pago que el pensionado tiene asignada en su AFP o Compañía de Seguros.

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