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Subsidio Familiar: ¿Quiénes reciben un pago doble del beneficio?

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% más vulnerable (socioeconómicamente) de la población nacional, según el Registro Social de Hogares (RSH).

El trámite para obtenerlo se puede realizar durante todo el año y las solicitudes deben ser presentadas en la respectiva municipalidad, que se encarga después de corroborar los requisitos y antecedentes.

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¿Quiénes reciben el pago doble del beneficio?

A partir del 1 de mayo de este año, el aporte económico tuvo un cambio en su monto. En este sentido, desde esa fecha pasó a ser de $20.328 por carga familiar.

Lo anterior quiere decir que recibirán un pago doble aquellos beneficiarios que tengan, por ejemplo, dos cargas familiares, al igual que las personas con discapacidad, que generan un monto de $40.656.

 

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¿A quién va destinado el Subsidio Familiar?

Las personas beneficiarias del Subsidio Único Familiar son quienes no estén en condiciones de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación.

En este sentido, el orden es el siguiente:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

Al mismo tiempo, el SUF es incompatible con:

  • Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
  • La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) y la Pensión Garantizada Universal (PGU), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.
  • El Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.

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