Bono por Deber Asistencia Escolar: ¿En qué casos se entrega?
- Por Diego Alonzo
El Bono por Deber Asistencia Escolar es un beneficio no postulable, que otorga $11.000 al mes por niño o niña, y que va dirigido a las familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades.
El pago del beneficio es mediante depósito bancario, Cuenta RUT o también puede entregarse en las sucursales de la Caja de Compensación Los Héroes y Banco Estado, como la persona estime conveniente.
Cabe destacar que esta ayuda económica es compatible con otras transferencias y subsidios otorgados por el Estado.
¿En qué casos se entrega?
El beneficio va dirigido a las familias usuarias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades, pero que además:
- Estén participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Las familias beneficiarias deben contar con integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños o niñas deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media, y deben cumplir con una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condicionante durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia promedio del período julio-diciembre del año anterior.
¿Cómo consultar la fecha de pago?
Las personas que reciben este aporte pueden consultar la fecha de pago ingresando al siguiente enlace (pincha aquí) con su RUT.
Una vez que hayan colocado este dato, deberán presionar sobre el recuadro azul que dice "Consultar" y el sistema entregará la información.
Cabe destacar que la acreditación de la asistencia escolar mensual corre por cuenta del Ministerio de Educación (Mineduc), por lo que no es necesario hacer ninguna solicitud para acceder al bono.
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