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Feriado del 1 de mayo: ¿Funcionarán los supermercados?

El próximo lunes 1 de mayo se conmemora el Día Internacional del Trabajador y la Trabajadora, jornada que rinde homenaje a los sindicalistas de Chicago, en Estados Unidos, quienes fueron asesinados en 1886 por protagonizar una lucha por la consecución de una jornada laboral de ocho horas.

En Chile, la influencia de tales sindicalistas se vio expresada en manifestaciones reivindicativas para mejorar las condiciones de vida y trabajo. Por ejemplo, en varias zonas del país, entre 1902 y 1908, ocurrieron la huelga portuaria de Valparaíso, la huelga de la carne en Santiago y la masacre de Santa María en Iquique.

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Algunos de los logros de estas movilizaciones fueron el descanso dominical y la Ley de Accidentes del Trabajo. Décadas más tarde, el último avance en materia laboral se dio por la vía legislativa: después de seis años de tramitación, el Congreso Nacional aprobó la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales, junto con otros beneficios.

¿Funcionarán los supermercados el 1 de mayo?

El Código del Trabajo considera cinco feriados obligatorios e irrenunciables a lo largo del año. Uno de ellos corresponde al 1 de mayo, lo que significa que es un día en que la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de todo el país no debe acudir a sus fuentes laborales, dado que es una jornada destinada al descanso.

 

Archivo ATON.

 

Por lo tanto, el próximo lunes ningún supermercado funcionará, dado que no tienen la autorización y se arriesgan a elevadas multas en caso de abrir sus puertas. Lo mismo aplica para los centros comerciales y las tiendas ubicadas en su interior.

Sí pueden operar los almacenes de barrio u otros negocios, siempre que la atención al cliente sea brindada por sus propios dueños.

¿Qué otros comercios pueden abrir el 1 de mayo?

Dada su importancia para las personas y su aporte para el funcionamiento del país, en los días feriados irrenunciables pueden funcionar los siguientes recintos:

  • Clubes.
  • Restaurantes.
  • Establecimientos de entretenimiento, como los cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
  • Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos.
  • Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Establecimiento de venta de combustibles (bencineras o bombas de bencina).
  • Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles; es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público, ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio y son consumidos por el cliente en el propio local.

Cabe agregar que los cuatro feriados irrenunciables restantes son el 1 de enero (Año Nuevo), 18 y 19 de septiembre (Fiestas Patrias), y el 25 de diciembre (Navidad).

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