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Segunda cuota del Bono Marzo: ¿Cuál será el monto para los beneficiarios?

Durante el pasado jueves, el Presidente Gabriel Boric, desde la comuna de Lo Espejo, promulgó la ley de Medidas de Seguridad Económica y, por ende, se confirmó una serie de beneficios estatales que incluyen, por ejemplo, el Aporte Familiar Permanente, también conocido como ex Bono Marzo.

Cabe recalcar que, actualmente, el monto a asignar por este beneficio alcanzaba los $59.452 por carga u hogar para quienes cumplían con los requisitos. 

No obstante, el cambio legislativo hará que los beneficiarios de este aporte reciban un pago extraordinario, conocido también como una segunda cuota, permitiendo así casi duplicar el monto del Bono Marzo.

¿Cuál será el monto del pago extraordinario del Bono Marzo?

Tras semanas de discusión, las y los parlamentarios del Congreso Nacional decidieron redondear el aporte, dejando el pago extraordinario en $60.000 por carga familiar o familia, según corresponda.

Por lo tanto, tras la aprobación, las familias beneficiarias obtendrán un mínimo total —sumando el primer y segundo monto— de $119.452.

De igual forma, el gobierno confirmó que la entrega de este dinero se hará efectiva los días 29, 30 y 31 de marzo.

¿Quiénes recibirán la segunda cuota del ex Bono Marzo?

Cabe señalar que este nuevo pago lo reciben las mismas personas que recibieron el primero, vale decir:

  • Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que reciben el pago habitual de sus beneficios entre el 15 y 28 de febrero.
  • Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio Familiar, Chile Solidario o del Subsistema de Seguridades y Oportunidades (Ingreso Ético Familiar), que reciben el pago habitual de sus beneficios entre el 1 y 14 de marzo. También los pensionados del Instituto de Previsión Social.
  • Quienes reciben Asignación Familiar o Maternal por sus cargas familiares, ya sean trabajadores de empresas privadas o públicas, o pensionados de entidades distintas al IPS.

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