Garantía estatal del 10% para comprar vivienda: ¿Desde cuándo y cómo puedo postular al beneficio?
Una buena noticia recibieron las familias de nuestro país que buscan cumplir el sueño de la casa propia. Resulta que en condiciones de convertirse en ley quedó el Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda, el que consiste en un financiamiento estatal del 10% del valor total de la vivienda.
Teniendo este beneficio, un crédito hipotecario podrá cubrir el restante 90% del precio de la propiedad; o bien, el 80% de la propiedad, si es que la persona tiene ahorrado la mitad del tradicional pie del 20% que exigen los bancos u otras entidades financieras a la hora de otorgar el préstamo.
Al respecto, el ministro de Vivienda y Urbanismo, Carlos Montes, explicó las principales clave de la iniciativa que pretende ser una solución a la actual crisis habitacional que atraviesa Chile.
¿Desde cuándo puedo postular a la garantía estatal del 10%?
El secretario de Estado manifestó en LUN que hay cerca de 24 mil familias que no pueden acceder a un crédito hipotecario por no reunir el pie exigido, pero que ahora "tendrán una garantía que permite al banco prestarles el 90% del valor de la propiedad".
Es muy importante considerar que el programa no consiste en la entrega de ese 10% en efectivo, sino que el Estado funciona como un aval para conseguir el préstamo.
En cuanto al inicio del periodo de solicitud, la promulgación del beneficio debería ocurrir en febrero, de modo que en marzo entre plenamente en vigencia para que las familias interesadas puedan acogerse a él.
¿Cómo solicitar el beneficio estatal?
Cuando entre en vigencia, las personas que reúnan las condiciones tendrán que ir a los bancos o entidades financieras para solicitar el respectivo préstamo hipotecario.
"No necesariamente deben tomar el crédito del Banco Estado. La idea también es estimular la competencia entre los bancos para rebajar las tasas", indicó el ministro.
"El postulante tiene que dejar sus antecedentes financieros a la entidad prestadora, la que le comunicará al administrador de este fondo que la persona está interesada en acceder a la garantía. Si cumple las condiciones, se le avisa a la entidad que puede acceder a la garantía, otorgándole el crédito respectivo", concluyó Montes.
¿Cuáles son los requisitos para ser beneficiario?
Para acceder al Programa de Garantías de Apoyo a la Vivienda hay que cumplir con tres requisitos:
- El crédito hipotecario que se solicite debe ser para financiar la compra de una primera vivienda. Si la persona ya es propietaria de un inmueble, no podrá acogerse a este programa.
- El valor de la vivienda no puede superar las 4.500 UF (los $159 millones, según el último valor informado por el Servicio de Impuestos Internos en su sitio web).
- No haber recibido ningún subsidio o beneficio habitacional del Estado para el financiamiento de la vivienda. Por lo tanto, no se debe ser beneficiario del Subsidio DS1 o del Subsidio DS49, por ejemplo.
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