Nuevo monto de la PGU genera cambios en requisitos: ¿Quiénes pueden recibir el beneficio?
- Por Diego Alonzo
A través de su sitio web oficial, el Instituto de Previsión Social (IPS) informó que ya cuenta con las adecuaciones en sus sistemas para implementar el reajuste de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Este cambio se verá reflejado en los pagos correspondientes a febrero, según indicó la Superintendencia de Pensiones. De acuerdo a lo anterior, desde el próximo mes el monto de este beneficio pasará de los $193.917 a un máximo de $206.173 mensuales.
Adicionalmente, la Superintendencia de Pensiones instruyó que, a partir del segundo mes de este año, se reajuste el valor de la Pensión Inferior y la Pensión Superior, los cuales sirven de parámetro para uno de los requisitos que permiten optar a la PGU.
Todo sobre Pensión Garantizada Universal
¿Cuáles son estos cambios?
Los cambios que se contemplan en la Pensión Inferior y Pensión Superior son los siguientes:
- Pensión Inferior: subirá de los $660.366 a los $702.101 mensuales.
- Pensión Superior: subirá de los $1.048.200 a los $1.114.446 mensuales.
Estos valores son muy importantes de conocer, porque desde febrero, los adultos mayores que reúnan los requisitos y tengan una Pensión Inferior igual o menor a los $702.101 mensuales, recibirán el pago íntegro de la PGU; vale decir, los $206.173 mensuales.
En cambio, si la Pensión Inferior es mayor a los $702.101 e igual o menor a los $1.114.446, entonces el pago será proporcional, pero siempre menor al nuevo monto de la PGU.
Los actuales requisitos de la PGU
Hasta el 31 de enero de 2023, los requisitos de la Pensión Garantizada Universal son los siguientes:
- Tener 65 años de edad o más.
- Pertenecer al tramo socioeconómico de hasta el 90% de vulnerabilidad, considerando solo a la población de 65 años y más.
- Acreditar 20 años de residencia en Chile, desde los 20 años de edad.
- Haber vivido en Chile al menos cuatro años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud del beneficio.
- Contar con una pensión base menor a $1.048.200
- No es necesario estar pensionado; es decir, se puede recibir una remuneración en caso de estar trabajando.