DS49: ¿Qué son los subsidios complementarios?
- Por Julieta Garagay
El Subsidio DS49 permite que las familias que no son dueñas de una vivienda y que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social, puedan adquirir una casa o departamento sin necesidad de optar a un crédito hipotecario.
Este aporte del Estado está compuesto por un subsidio base de 314 UF, que puede aumentar según la ubicación de la vivienda. A este se le suman subsidios complementarios, cuyos montos varían dependiendo de las características del grupo familiar que postula y de la vivienda que se busca comprar.
¿Cuáles son los subsidios complementarios?
Los subsidios complementarios son los siguientes:
- Diferenciado a la localización (zonas urbanas): 200 UF.
- De factibilización (zonas rurales): 120 UF.
- Densificación en altura (desde tres pisos): 110 UF.
- Discapacidad (obras especiales en la vivienda): 20 u 80 UF.
- Superficie adicional (viviendas construidas sobre 37,5 m2): hasta 50 UF.
- Premio al ahorro adicional (más de 10 UF al momento de postular): hasta 30 UF.
¿Quiénes pueden postular?
Las postulaciones serán abiertas en noviembre de este año, y podrán hacerlo quienes reúnan las siguientes condiciones:
Personas chilenas o extranjeras mayores de 18 años que:
- Postulen con un núcleo familiar, el cual debe estar acreditado en el Registro Social de Hogares.
- Tengan el ahorro mínimo de 10 Unidades de Fomento (UF) acreditado en la fecha que corresponda (según el mes en que postulen).
- Sean titulares de la cuenta de ahorro para la vivienda (no puede ser el cónyuge o conviviente civil).
- Pertenezcan al tramo del 40% de la población con menos recursos, de acuerdo a la calificación socioeconómica establecida en el Registro Social de Hogares.
- No posean una vivienda ni ser beneficiarios de otro subsidio habitacional.
De modo excepcional, pueden postular sin núcleo familiar asociado quienes:
- Tengan discapacidad (acreditada por la COMPIN).
- Sean adultos mayores de 60 años de edad o más.
- Tengan calidad de indígenas.
- Sean viudo o viuda.
- Estén reconocidos como víctimas en el informe de la Comisión Nacional sobre prisión política y tortura o en la nómina elaborada por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
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