Aguinaldo de Fiestas Patrias 2022: ¿Quiénes serán todos los beneficiarios en septiembre?
Uno de los grandes beneficios que contempla el mes de septiembre es el aguinaldo de Fiestas Patrias 2022, otorgado a tres grandes grupos de beneficiarios: los pensionados, los funcionarios del sector público y eventualmente los trabajadores del sector privado.
Para los primeros dos grupos mencionados, el monto del aporte estatal está definido por ley; mientras que para quienes se desempeñan en el sector privado, dependerá de su contrato de trabajo o del acuerdo colectivo alcanzado con los empleadores.
¿Qué pensionados y funcionarios públicos reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias?
Por un parte, reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias todas y todos los pensionados que sean:
- Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) o de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores.
- Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Rettig y Ley Valech.
- Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón.
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
En el caso de los funcionarios públicos, el Estado otorgará el aguinaldo de Fiestas Patrias a todas y todos los trabajadores que, al 31 de agosto de 2022, desempeñen cargos de planta o a contrata en entidades como, por ejemplo:
- Universidades estatales.
- Establecimientos de educación parvularia financiados por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
- Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.
- Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
- Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
- Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
Para más detalles, puedes revisar los artículos 2, 3, 5 y 6 de la Ley 21.405 (disponible en este enlace), en los cuales se precisa quiénes son los empleados públicos que reciben el aguinaldo.
¿Qué pasa con los trabajadores del sector privado?
Legalmente, los empleadores del sector privado no están obligados a entregar el aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, sí constituye un derecho para sus trabajadores cuando se cumplen una de dos condiciones:
- El aguinaldo está contemplada en su contrato de trabajo.
- Existe un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
De cumplirse uno de estos escenarios, entonces cualquier trabajador del sector privado podrá exigirle a su empresa la entrega del aguinaldo, cuyo monto dependerá de lo estipulado en el contrato o del convenio colectivo.
¿Cuál es el monto del aguinaldo de Fiestas Patrias?
Los pensionados y pensionadas recibirán un equivalente a $21.882 y el monto se incrementará en $11.226 por cada persona que, al 31 de agosto de 2022, esté acreditada como carga familiar del pensionado o pensionada. El aguinaldo se entregará junto a la pensión correspondiente a septiembre.
Por otro lado, la cifra del beneficio variará según los ingresos que tengan los funcionarios públicos. En detalle:
- Será de $81.196 para las y los trabajadores cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592.
- Será de $56.365 para quienes tengan una remuneración líquida de agosto de 2022 que supere los $842.592.
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