¿Estás cesante? Conoce cuáles son todos los beneficios que puedes recibir
A raíz de la actual crisis socioeconómica que atraviesa el país, aún son miles las personas que se encuentran sin empleo. Estando en esta situación, o habiendo perdido el trabajo recientemente, la persona puede acceder a una serie de beneficios para cesantes.
Al terminar una relación laboral, lo principal es exigir su finiquito, que es la manera legal mediante la cual un trabajador y su empleador ponen fin a la relación laboral en caso de renuncia o despido.
También se debe dar aviso a Fonasa o Isapre: quienes estén en Isapre y no puedan seguir pagando su plan o no cuenten con Seguro de Cesantía, pueden afiliarse a Fonasa.
Todo sobre Beneficios Cesantes
¿Cuáles son los beneficios para cesantes?
Seguro de Cesantía
Los trabajadores dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio que hayan firmado su contrato desde el 2 de octubre de 2002, tienen derecho al Seguro de Cesantía. Desde octubre de 2020, también son parte de este beneficio las y los trabajadores de casa particular.
Este seguro está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), y cuando la persona queda cesante, puede retirar el dinero acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración.
Quienes acceden al Seguro de Cesantía mantienen sus beneficios de salud a través de Fonasa. Para obtener este aporte se deben cumplir ciertos requisitos y se debe solicitar en el sitio de la AFC.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) lo pueden recibir los afiliados a la AFC que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual por cesantía, al momento de perder su trabajo, y quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía.
Para recibir los pagos, las personas deben:
- Estar cesantes.
- Tener recursos insuficientes en su cuenta individual de cesantía.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido (sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador).
Asimismo, el contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, establecimiento o servicio; y deben activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Subsidio de Cesantía
Está dirigido a los trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía. El beneficio permite que quienes estén cesantes reciban una ayuda económica mensual, por un período máximo de 360 días, que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal, y a la Asignación por Muerte.
Este subsidio debe ser solicitado ante la institución previsional que corresponda al trabajador subsidiado (Instituto de Previsión Social o caja de compensación), que también será la encargada de su pago.
Cuenta de ahorro de indemnización
Los trabajadores que estén cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complemente o sustituya la indemnización legal por años de servicios.
Este dinero se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo. Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.
Bolsa Nacional de Empleo
Quienes se encuentren cesantes también pueden utilizar la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), una plataforma en línea para buscar trabajo.
Cualquier persona mayor de 18 años puede inscribirse de manera gratuita a la Bolsa Nacional de Empleo. Estar inscrito es requisito para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y así probar que realmente se está buscando trabajo.
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