Subsidio Familiar: ¿Cómo se solicitan los pagos mensuales?
El Subsidio Único Familiar (SUF), más conocido como Subsidio Familiar, es un beneficio económico destinado a personas de escasos recursos que pertenezcan al 60% de las familias más vulnerables, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Este beneficio se entrega por un periodo de tres años, contados desde el mes en que comenzó a percibirse, y se puede solicitar durante todo el año.
¿Cómo se solicita el Subsidio Familiar?
Las personas que no puedan proveer a los causantes de la asignación, pueden solicitar el Subsidio Familiar directamente en la municipalidad correspondiente a su domicilio.
El municipio se encarga de comprobar la calidad de beneficiario y la existencia de los requisitos y antecedentes.
Para pedir el Subsidio Familiar, los solicitantes deben dirigirse al municipio con una serie de documentos. Según Chile Atiende, por lo general se solicita:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Acreditar la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
¿Cuáles son los nuevos montos del Subsidio Único Familiar?
Con el reajuste del Ingreso Mínimo Mensual, el actual monto del SUF corresponde a $14.366 por carga familiar. En el caso de las personas con discapacidad se recibe el doble, es decir, $28.732.
Las personas que pueden recibir este beneficio son quienes no pueden proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación. Así, el aporte va dirigido en el siguiente orden a:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o discapacitados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
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