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Quinto retiro del 10%: ¿Cuánto dinero podría obtener?

  • Por Meganoticias

El Congreso Nacional se encuentra en receso legislativo, el que se extiende por todo el mes de febrero. Por esta razón, los tres proyectos de retiro de fondos de las AFP seguirán esperando por el inicio de su tramitación.

Dos de estas iniciativas buscan concretar la extracción del 100% de la AFP; y la tercera, un quinto retiro del 10%, recordando que el cuarto ya fue rechazado en el Parlamento.

El nuevo proyecto de retiro de un 10% de los fondos de AFP fue ingresado a comienzos de diciembre por la diputada Pamela Jiles y su par Félix González. Actualmente, la medida permanece en su primer trámite en la comisión de Constitución de la Cámara Baja.

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¿Cuál es el monto máximo que podría sacar?

En la iniciativa se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo retiro del 10%. Considerando las cifras de las extracciones anteriores, con el eventual nuevo rescate de fondos se podría sacar:

  • Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de $4,7 millones)
  • Un monto mínimo de 35 UF ($1,1 millón, aproximadamente).

En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.

 

¿Cuáles serían los plazos de pago?

En caso de que el quinto retiro del 10% se convierta en ley, las AFP deberán entregar los fondos a las personas que los soliciten en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde que el cotizante pidió su dinero a su respectiva AFP.

"La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrán costo alguno para los afiliados", aseguraron en su momento Jiles y González.

Con respecto a cuál sería el plazo para hacer el trámite, los afiliados podrían solicitarlo hasta 365 días después de que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.

¿Quiénes podrían retirar el quinto 10%?

Según esta propuesta, las personas que podrán hacer el quinto retiro de fondos previsionales son:

  • Personas afiliadas al sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500, texto legal que creó las AFP.
  • Personas que reciben pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia.
  • Cotizantes que aún tienen dinero en sus fondos de pensiones.

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