Quinto retiro del 10%: Entérate del monto máximo que podrías sacar de la AFP
Actualmente, tres proyectos de retiro de fondos de la AFP están a la espera del inicio de su tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados. Dos de estas iniciativas buscan concretar el retiro del 100%; y el otro, una nueva extracción del 10%.
El proyecto del quinto retiro del 10% fue ingresado por la diputada Pamela Jiles y su par Félix González. Respecto a cuándo podría comenzar su discusión en la Cámara Baja, aún no hay una fecha concreta.
Lo anterior, porque el presidente de la comisión de Constitución, Marcos Ilabaca, señala que la idea no cuenta con el respaldo parlamentario para su aprobación en el Congreso.
El quinto retiro ha sido tema de discusión en las últimas horas, porque tanto el Presidente electo Gabriel Boric, como parte de su futuro gabinete, han manifestado su posición frente a un eventual nuevo rescate de fondos.
¿Cuál sería el monto máximo que podría sacar?
En la iniciativa del quinto retiro presentada por Jiles y González, se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo retiro del 10%. Considerando las cifras de las extracciones anteriores, con el eventual nuevo rescate de fondos se podría sacar:
- Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de 4,6 millones)
- Un monto mínimo de 35 UF ($1 millón, aproximadamente).
En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.
¿Cuáles serían los plazos de pago?
En caso de que el quinto retiro del 10% se convierta en ley, las AFP deberán entregar los fondos a las personas que los soliciten en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde que la persona pidió su dinero a su respectiva AFP.
"La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrán costo alguno para los afiliados", indican Jiles y González.
Con respecto a cuál sería el plazo para hacer el trámite, los afiliados podrían solicitarlo hasta 365 días después de que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.
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