Retiro del 100%: ¿Quiénes no podrían sacar su dinero?
El retiro de los fondos de pensiones ha sido fundamental para que muchas familias del país puedan sobrellevar de mejor manera la pandemia del coronavirus.
Luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazara el proyecto de cuarto retiro, la diputada Pamela Jiles y su par Félix González, ingresaron iniciativas para concretar el quinto retiro del 10% y la extracción del 100% de los fondos de las AFP.
La iniciativa está en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Respecto a cuándo comenzaría la discusión, aún no hay fecha, ya que el presidente de la comisión de Constitución, Marcos Ilabaca, señala que la idea no cuenta con el respaldo parlamentario para su aprobación en el Congreso.
¿Quiénes no podrían sacar su 100%?
El proyecto que permitiría el retiro del 100% señala que no podrían sacar su dinero "las personas cuyas rentas o remuneraciones se regulen de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 bis de esta Constitución, con excepción de los trabajadores a honorarios".
De ese modo, no podrían sacar su 100%: el Presidente de la República, los ministros, senadores, diputados, gobernadores regionales y funcionarios de exclusiva confianza del Jefe de Estado.
"Para efectos de verificar lo anterior, en el momento de realizar la solicitud, el afiliado deberá presentar ante la respectiva administradora de fondos de pensiones una declaración jurada simple en la cual dé cuenta que no se encuentra en la situación descrita", señala el proyecto.
Cabe destacar que tampoco podrían sacar su dinero quienes no tengan fondos en su cuenta de capitalización individual de la AFP.
¿En cuánto tiempo depositarían el dinero?
En el caso de que el retiro del 100% se convirtiera en realidad, la AFP tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles para entregar el dinero a los afiliados que lo soliciten, según consigna el proyecto original.
Estos días serán contados desde la presentación de la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones.
Cabe destacar que "los afiliados podrán solicitar este retiro de sus fondos hasta 365 días después de publicada la presente reforma, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe decretado", detalla la iniciativa.
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