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Navidad: ¿Es feriado irrenunciable este 25 de diciembre?

  • Por Meganoticias

Quedan muy pocos días para Navidad, momento en que muchas familias se reunirán para celebrar después de un año intenso como lo fue este 2021. 

La idea es que en estas pocas jornadas que quedan, los hogares aprovechen de realizar las compras correspondientes, dado que el comercio funcionará de manera especial.

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¿Es feriado irrenunciable el 25 de diciembre?

Por ley, este sábado 25 de diciembre es feriado irrenunciable para la gran mayoría de los trabajadores del comercio. Por lo tanto, no deben asistir a sus fuentes laborales porque se les otorga un descanso obligatorio.

No obstante, aquellos locales que son atendidos por sus propios dueños sí pueden abrir sus puertas para la atención al público, como por ejemplo los negocios o almacenes de barrio.  

¿Qué empleados deben trabajar el 25 de diciembre?

Las personas que sí deben trabajar durante el feriado irrenunciable del 25 de diciembre, por la relevancia de sus fuentes laborales, son las siguientes:

  • Trabajadores que se desempeñan en clubes; restaurantes (se incluyen fuentes de soda y pastelerías); establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
  • Trabajadores de expendio de combustibles.
  • Trabajadores de farmacias de urgencia y de las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
  • Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.

Si trabajé en Navidad de 2019 y 2020, ¿debo trabajar nuevamente?

Este es un punto clave que deben considerar los trabajadores con sus respectivas jefaturas. En caso de pertenecer a una fuente laboral mencionada en el punto anterior y haber trabajado en Navidad de 2019 y 2020 en este mismo lugar, la Dirección del Trabajo señala lo siguiente:

"Los trabajadores del comercio que se encuentran exceptuados del descanso en estos días tendrán derecho a ellos, a lo menos una vez cada dos años, respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin".

Entonces, si bien depende del empleador, el trabajador tiene la posibilidad de descansar este sábado 25 de diciembre si llega a un acuerdo con su respectivo jefe.

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