Proyecto de quinto retiro: ¿Cuáles serían los plazos de pago de mi 10%?
A la espera de que comience su tramitación se encuentra el proyecto de quinto retiro del 10% de las AFP, presentado por la diputada Pamela Jiles y su par Félix González inmediatamente después de que fuera rechazado y archivado el cuarto retiro.
La iniciativa está en su primer trámite constitucional en la Cámara Baja y, mientras sus autores insisten en su pronta aprobación, desde el Gobierno expresaron su total rechazo a un nuevo rescate de los fondos previsionales.
¿Cuáles serían los plazos de pago del quinto retiro?
La medida aún tiene un largo camino legislativo por recorrer y es posible que inicie su tramitación recién en enero de 2022, considerando que la última semana de diciembre es distrital en la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que no habrá sesiones.
Suponiendo que el quinto retiro fuera aprobado bajo las actuales condiciones que plantean Jiles y González, ya está determinado cuáles serían los plazos en que los cotizantes recibirían sus ahorros extraídos.
Por un lado, en el caso de los deudores de pensión alimenticia, la entrega de los fondos retenidos por deudas alimentarias se "efectuará dentro de los siguientes diez días hábiles contados desde que venciere el plazo que el alimentante tiene para oponerse a la liquidación; o bien, si ha existido oposición, desde que la resolución que se pronuncia sobre ella se encuentre firme y ejecutoriada", dice el texto.
Mientras que para el resto de los cotizantes de AFP, el dinero será entregado en un plazo máximo de quince días hábiles, contando desde la fecha en que se presentó la solicitud de retiro en la respectiva administradora.
"Los fondos que le correspondieren al afiliado se transferirán automáticamente a la Cuenta 2 sin comisión de administración o de seguros ni costo alguno para él; o a una cuenta bancaria o de instituciones financieras y cajas de compensación, según lo determine el afiliado", se indica en el proyecto.
¿Cuál es el monto máximo que se podría sacar?
En la iniciativa se hace referencia a los montos extraídos en el primer y segundo rescate del 10%. Considerando las cifras de aquellas operaciones, en un eventual quinto retiro se podría extraer:
- Un monto máximo de retiro equivalente a 150 UF (cerca de 4,6 millones) y un mínimo de 35 UF ($1 millón, aproximadamente).
En el primer, segundo y tercer retiro, las personas que tuvieran menos de 35 UF en su cuenta de la AFP, podían sacar hasta dicho monto.
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