Proyecto de quinto retiro del 10%: ¿Quiénes podrían sacar sus fondos de la AFP?
Una vez conocido el rechazo al cuarto retiro por parte de la Cámara de Diputados y Diputadas, inmediatamente se ingresó al Congreso Nacional una medida que busca una nueva extracción de los fondos previsionales de las AFP.
La iniciativa se conoce como quinto retiro del 10% y fue presentada por la parlamentaria Pamela Jiles y su par Félix González. Actualmente, el proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por la comisión de Constitución de la Cámara Baja.
El también denominado cuarto retiro 2.0 es similar a las medidas anteriores, solo que esta vez no considera el Estado de Excepción como contexto para realizar eventualmente el retiro de los fondos.
¿Quiénes podrían realizar el quinto retiro de fondos?
Según plantean Jiles y González, se autoriza "a los afiliados del sistema privado de pensiones regido por el decreto ley N° 3.500 (actual sistema de AFP), de forma voluntaria y excepcional, a efectuar un retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias".
También se incluyen a las personas beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia. Por supuesto, están contemplados los cotizantes que aún poseen ahorros en sus cuentas; porque si quedaron sin fondos tras el segundo o tercer retiro, quedarían fuera de la nueva extracción.
"Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier manera de afectación judicial o administrativa", señala el proyecto.
Tampoco "podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio del derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias", agrega el texto.
¿Cuáles serían los plazos de pago?
Si el quinto retiro se aprobase bajo las actuales condiciones que proponen los diputados, "la entrega de los fondos acumulados y autorizados a retirar se efectuará en un plazo máximo de quince días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud ante la respectiva AFP".
"La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de esta disposición no tendrán costo alguno para los afiliados", plantean Jiles y González.
Con respecto a cuál sería el plazo para hacer el trámite, los afiliados podrían solicitarlo hasta 365 días después de que la eventual ley sea publicada en el Diario Oficial.
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