Extensión del IFE Laboral: ¿Quiénes pueden postular en los meses adicionales?
Tras el término del IFE Universal, cuyos pagos se otorgarán hasta las primeras semanas de diciembre, ahora uno de los beneficios más importantes de la Red de Protección Social será el IFE Laboral, diseñado para recuperar el empleo perdido durante la crisis socioeconómica del coronavirus.
Recientemente, el Gobierno anunció la extensión del aporte hasta marzo de 2022, lo que significa que se abrirán tres periodos adicionales de postulación: enero, febrero y marzo del próximo año. De esta manera, los beneficiarios recibirían los montos hasta el mes de mayo.
¿Quiénes podrán postular en los meses adicionales?
Tal como sucede actualmente, cada mes de postulación está destinado para un grupo específico de trabajadores que cumplan los requisitos, los que no cambian a pesar de la extensión. Por ejemplo:
- En enero podrán postular los que sean contratados entre el 1 de diciembre y el 31 de enero.
- En febrero: contratados entre el 1 de enero y el 28 de febrero.
- En marzo: contratados entre el 1 de febrero y el 31 de marzo.
¿Cuántos pagos más recibiré del IFE Laboral?
Según el anuncio del Gobierno, las personas que postulen al IFE Laboral en noviembre y diciembre recibirán tres pagos en total. Anteriormente, recibían dos y uno, respectivamente. Tres pagos también recibirán quienes postulen en enero de 2022.
A partir de febrero comienza la disminución en la cantidad de depósitos. Quienes soliciten el aporte durante ese mes obtendrán solo dos pagos mensuales; mientras que aquellos que lo hagan en marzo, solo uno.
Para más detalles, revisa la siguiente tabla comparativa:
Comienza postulación de diciembre al IFE Laboral
Desde este miércoles 1 de diciembre están abiertas las postulaciones al IFE Laboral para quienes sean contratados entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.
Para solicitar el aporte debes ingresar a www.subsidioalempleo.cl, hacer clic en "Postular al IFE Laboral" e iniciar sesión con RUT y Clave Única.
Al realizar el trámite, el trabajador tendrá que adjuntar el contrato de trabajo en formato .doc, .docx o .pdf.
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