Elecciones 2021: ¿Cómo funcionará el comercio este domingo?
Pocos días quedan para las importantes Elecciones 2021, en donde se espera que la ciudadanía asista este 21 de noviembre para votar por el próximo Presidente de la República, además de senadores, diputados y consejeros regionales.
Aquel día está declarado como feriado irrenunciable, aunque solo para trabajadores de centros comerciales, para incentivar la participación en las urnas, por lo que el comercio operará de manera muy distinta a su horario habitual.
Para quienes deben trabajar durante este domingo, sus empleadores (empresa) están obligados a otorgarles un permiso de 2 horas para que ejerzan su derecho a voto. De no facilitarlo, arriesgan una multa que puede superar los $3 millones.
¿Cómo funcionará el comercio durante las Elecciones?
Según informó la Dirección del Trabajo, el feriado irrenunciable para el comercio inicia a las 21:00 horas del sábado y se extenderá hasta las 06:00 del lunes 22.
"La norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica", declaró la directora de la entidad, Lilia Jérez.
Por lo tanto, negocios como supermercados u otras tiendas ubicadas al interior de los centros comerciales no podrán funcionar durante los comicios del 21 de noviembre. En tanto, supermercados y otras tiendas comerciales fuera de un centro comercial, sí podrán atender público.
¿Quiénes deben trabajar este domingo?
Las personas que sí deben trabajar durante el feriado irrenunciable son quienes pertenezcan a las siguientes fuentes laborales:
- Clubes, restaurantes, fuentes de soda, pastelerías, establecimientos de entretenimientos, tales como, cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Trabajadores de expendio de combustibles.
- Trabajadores de farmacias de urgencia y de las farmacias que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Las tiendas de conveniencia asociadas a establecimientos de venta de combustibles podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que pueden ser consumidos por el cliente en el propio local.
- Los trabajadores del comercio que se encuentran exceptuados del descanso en estos días tendrán derecho a ellos, a lo menos una vez cada dos años, respecto de un mismo empleador, pudiendo pactar con este la rotación del personal necesario para este fin.
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