Retiros de AFP: ¿En qué está el proyecto de extracción del 100% de los fondos?
Mientras iniciaba el segundo trámite constitucional del cuarto retiro en el Senado, los senadores UDI Iván Moreira y José Miguel Durana presentaron una iniciativa para extraer el 100% de los fondos de las AFP.
Ambos parlamentarios presentaron esta medida como una opción frente a un eventual cuarto rescate de los ahorros previsionales, pues manifestaron públicamente que solo darían su apoyo a un retiro total.
De esta manera, con su proyecto buscan "garantizar la propiedad y destino de los recursos previsionales, de forma tal que (...) sean dispuestos libremente por sus propietarios y no puedan ser objeto de normas que conculquen los derechos que a cada afiliado le asistan".
¿Qué pasó con el retiro del 100%?
La medida fue presentada el 6 de octubre al Congreso y el mismo día pasó a la comisión de Constitución del Senado, por ser una reforma que pretende modificar la actual Carta Fundamental de la República.
A más de un mes de su ingreso, el retiro del 100% sigue en su primer trámite constitucional, a la espera de ser puesto en tabla por el senador y presidente de la comisión, Pedro Araya.
Aún no hay certeza de cuándo iniciará su tramitación, considerando que el Senado tiene una cargada agenda en las próximas semanas, entre lo que se incluye la acusación constitucional contra el Presidente Sebastián Piñera.
¿En qué consiste el proyecto?
La propuesta de Moreira y Durana establece que el cotizante del sistema AFP podría retirar un monto máximo de $2.000.000, nada más que eso. En ese sentido, el retiro del 100% sería dentro de un margen de $2 millones, ya que si el afiliado tiene un ahorro mayor, no podría retirar su totalidad.
Pero si el cotizante tiene un monto previsional menor al máximo establecido, sí podría extraer el total de sus ahorros. Como la medida aún está en etapa de elaboración, es probable que ambos parlamentarios introduzcan modificaciones.
¿Qué fines propone el proyecto para los montos retirados?
A diferencia de los tres retiros del 10% aprobados en el último tiempo (segundo y tercero siguen vigentes), los senadores UDI indican determinados fines para el retiro de 100%. Es decir, los afiliados no podrían utilizarlo para lo que estimen conveniente.
En detalle, el proyecto postula que el monto retirado:
- Sea traspasado a una entidad financiera a elección del afiliado, reglamentada por la Comisión del Mercado Financiero (CMF) y que tenga como fin exclusivo la administración de los fondos de pensiones.
- También permite retirar el 100% para la compra de una vivienda, aunque con prohibición de venta vitalicia para evitar la especulación en el mercado.
- Si el sistema de capitalización individual es modificado, de modo que el afiliado no pueda escoger su administradora, o sea suprimido por una nueva normativa legal, los recursos deberán ser destinados a un sistema de administración de fondos de pensiones que el afiliado elija.
- Los recursos también podrán ser utilizados para la compra de un inmueble, aunque con ciertas condiciones.
Tales condiciones son dos. La primera hace referencia a que "deberá consignarse en la escritura de compraventa del inmueble: la prohibición de vender, ceder o transferir el mencionado inmueble, mientras el cotizante viva".
Y la segunda es que "existe prohibición de ceder el uso y goce de la mencionada vivienda. No podrá ser levantada, bajo ninguna circunstancia, mientras el cotizante viva, salvo el caso de enfermedad terminal, diagnosticada u homologada por la COMPIN o cualquier entidad que la reemplace o sustituya".
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