Comienza periodo de excusas: ¿Quiénes pueden eximirse de ser vocal de mesa?
Este martes 2 de noviembre comenzó el periodo de excusas para quienes hayan salido electos vocales de mesa.
El Servicio Electoral (Servel) entregó, el pasado sábado, la lista de vocales de mesa para las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales del 21 de noviembre.
Las personas que hayan sido designados como vocales de mesa, podrán excusarse hasta el próximo jueves 4 de noviembre.
¿Quiénes no pueden ser vocales de mesa?
Según la ley 18.70, los motivos que por ley permiten excusarse para ser vocal de mesa son:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Madre o padre de hijos menores de dos años.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
¿Dónde me puedo excusar?
Las excusas pueden ser presentadas ante la Junta Electoral que lo designó vocal de mesa. Allí, la persona debe mostrar los documentos que acrediten las causales que le impiden desempeñarse como vocal.
Los datos de contacto de las Juntas Electorales pueden ser consultados a través de la página web https://www.servel.cl/juntas-electorales/.
Allí, además de la ubicación, se encontrará la dirección de correo electrónico y teléfono para enviar las razones por las que no se pudiera ejercer la labor.
Posteriormente, el sábado 6 de noviembre, se publicará la nómica de locales de mesa reemplazantes. En este periodo, la ley no contempla excusas.
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