IFE Laboral: ¿Quiénes reciben un máximo de tres pagos y cuánto dinero pueden acumular?
Hasta el 31 de octubre estará disponible el segundo proceso de postulación al IFE Laboral, cuyo beneficio entrega un aporte a los trabajadores contratados a partir del 1 de septiembre de 2021.
Este subsidio entrega un monto que llega hasta los $250 mil, dependiendo de la edad y sexo del beneficiario, entre otros aspectos personales. Además, también contempla beneficiarios automáticos, quienes no deben efectuar el proceso de solicitud.
¿Quiénes reciben un máximo de tres pagos?
A diferencia de los postulantes de septiembre, que obtendrán cuatro pagos del beneficio, las personas que cumplan los requisitos y soliciten el IFE Laboral durante octubre recibirán un máximo de tres pagos.
Esto, dado que la cantidad de montos a entregar depende precisamente del mes de postulación. Por lo tanto, los solicitantes del presente mes serán receptores del dinero correspondiente a los próximos meses de diciembre, enero y febrero.
¿Cuál es el monto total que recibiré si postulo en octubre?
Las mujeres, hombres mayores de 55 años, jóvenes mayores de 18 y menores de 24 años, personas con discapacidad o beneficiarios de pensión de invalidez, reciben un pago mensual equivalente al 60% de su Remuneración Bruta Mensual, con tope de $250.000 mensuales.
Entonces, este grupo podría acumular un total de $750 mil al término de los tres meses de vigencia.
Por otro lado, los hombres mayores de 24 y menores de 55 años obtienen un monto mensual equivalente al 50% de su Remuneración Bruta Mensual, con un máximo de $200.000 mensuales. Ellos podrían ahorrar un total de $600 mil al final de los tres meses.
Simulador de pagos del IFE Laboral
Para calcular el monto aproximado que podrías recibir, el Sence dispone de un simulador en la página web www.subsidioalempleo.cl/IFELaboral/, en donde debes ingresar los siguientes datos:
- Mes de postulación al IFE Laboral (septiembre, octubre, noviembre o diciembre).
- Sexo.
- Edad.
- Indicar si presentas discapacidad.
- Indicar si posees pensión de invalidez.
- ¿Cuál es la remuneración bruta mensual imponible?
Leer más de