Cuarto retiro del 10%: ¿Cuándo es la votación de los proyectos?
El cuarto retiro del 10% entrará en una de sus fases más importantes, pues la próxima etapa legislativa corresponde a la discusión en particular en la comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Cabe recordar que la comisión ya aprobó en general las tres medidas fusionadas que buscan una cuarta extracción de los fondos previsionales de AFP, y que hasta el 15 de septiembre se dio el tiempo para ingresar indicaciones.
La comisión discutirá solo las iniciativas de retiro de 10% y no las del 100%. Esto, por el hecho de que se decidió usar como base el documento del tercer retiro de los ahorros, el que precisamente no contemplaba la extracción total.
¿Cuándo es la votación del cuarto retiro de las AFP?
La votación en particular de los proyectos que buscan un cuarto retiro de los fondos previsionales está calendarizada para este miércoles 22 de septiembre, entre las 15:00 y las 17:30 horas.
A la instancia están invitados el ministro del Trabajo, Patricio Melero, y el ministro Secretario General de la Presidencia, Juan José Ossa.
Se espera que en esta jornada la comisión discuta las iniciativas artículo por artículo, incluyendo las indicaciones que fueron presentadas por otros diputados, las que establecerían el pago de impuestos y la reducción del monto máximo a extraer.
"En la medida que la aplicación de impuestos entregue la tranquilidad para que otros parlamentarios se sumen a la votación en la Sala, creo que estamos absolutamente disponibles", afirmó el presidente de la comisión, Marcos Ilabaca, quien agregó que "están los votos para que el cuarto retiro sea aprobado".
Una vez sean discutidos, procede la votación de los proyectos para lograr despacharlos a la totalidad de los diputados y así continuar su tramitación en la Cámara Baja.
¿Qué falta para que se convierta eventualmente en ley?
Una vez que sea despachada de la Comisión de Constitución, si la iniciativa consigue 93 votos a favor en la Cámara de Diputados, entonces pasa a su segundo trámite constitucional para ser revisado por el Senado.
Ahí el proceso es similar al primer trámite, pues el Senado designará a su Comisión de Constitución revisar los proyectos y luego derivarlos para que sea votado en general y particular por la totalidad de los senadores.
Si no se presentan indicaciones y es aprobado, entonces el cuarto retiro se despacha y queda en condiciones de convertirse en ley, siempre y cuando el Presidente de la República también lo apruebe.
Cabe recordar que el Presidente tiene la potestad de firmar la promulgación o presentar un requerimiento ante el Tribunal Constitucional (TC) para evitar que se convierta en ley:
- Si firma el documento, la nueva ley debe ser publicada en el Diario Oficial para entrar en vigencia y permitir que los cotizantes de las AFP ejecuten el retiro de ahorros.
- Pero si opta por el segundo escenario, el TC será la entidad responsable de definir el futuro de la medida: si se convierte en ley o es catalogado como inconstitucional, desechando toda posibilidad de un cuarto retiro.
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