Fiestas Patrias: ¿Es obligatorio que me paguen el aguinaldo?
Por segundo año consecutivo, las Fiestas Patrias se celebrarán en un contexto de pandemia, lo que no impide que el Estado siga entregando un aguinaldo a los empleados públicos y a los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS).
Estos dineros serán de libre disposición para quien los reciba y no serán imponibles ni tributables; por lo que no estarán afectos a ningún descuento.
¿Es obligación que me paguen aguinaldo?
Los aguinaldos para pensionados del IPS y para los empleados del sector público están estipulados según la Ley 21.306, por lo que los empleadores están mandatados a otorgar el aporte monetario.
Sin embargo, en el sector privado no es una obligación de los empleadores entregarlo a los trabajadores durante Fiestas Patrias. De igual modo, los trabajadores pueden tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En aquellos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.
En otras situaciones, el aguinaldo se puede convertir en un derecho adquirido. Al respecto, cuando un beneficio no está estipulado en el contrato, igualmente puede transformarse en un derecho adquirido o tácito para el trabajador.
Para eso, se deben cumplir requisitos como:
- Que el beneficio se dé en forma permanente en el tiempo y durante un período significativo.
- Que haya voluntad de las partes.
- La modificación no puede referirse a materias reguladas por ley o de casos en que expresamente la ley ha requerido una modificación del contrato de trabajo.
¿Qué monto reciben los funcionarios públicos?
El aguinaldo dieciochero para los trabajadores que, al 31 de agosto desempeñen cargos públicos, dependerán de la renta que reciba el trabajador en agosto de 2021. En detalle:
- Los trabajadores con renta líquida igual o inferior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $76.528.
- Los trabajadores con renta líquida superior a $794.149, recibirán un aguinaldo de $53.124.
El pago de este beneficio se otorga a personal de planta y a contrata de los organismos públicos. Revisa aquí el detalle de quiénes pueden cobrar este aporte.
¿Cuánto dinero reciben los pensionados?
El aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 para los pensionados se entrega de manera automática junto a la pensión del mes de septiembre, por lo que no es necesario realizar ningún trámite para obtenerlo.
El monto a recibir será de $20.624 y la cifra aumentará en $10.581 por cada persona que el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar al 31 de agosto de 2021.
El aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 lo recibirán los pensionados del IPS que, al 31 de agosto, sean:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Pensionados o pensionadasde las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
Leer más de