IFE Laboral: ¿Cuáles son las fechas de pago y qué montos voy a recibir?
A partir del miércoles 1 de septiembre, todos los empleados que hayan sido contratados a partir de agosto de 2021 pueden postular al IFE Laboral, el nuevo subsidio creado por el Gobierno para los trabajadores del país.
Para solicitar el aporte monetario no es necesario estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH). Además, es compatible con el IFE Universal, así que los beneficiarios pueden recibir ambas ayudas sociales.
Si cumples los requisitos del nuevo aporte, entonces debes ingresar al sitio web www.subsidioalempleo.cl y luego hacer clic en el recuadro de "Nuevo IFE Laboral". Luego, en la parte superior de la pantalla aparecerá la opción "Postular al IFE Laboral".
¿Cuáles son las fechas de pago del IFE Laboral?
El pago se realizará durante los primeros cinco días a partir del 1 de cada mes, también dependiendo del mes en que efectuó la postulación. De esta manera, los pagos quedan graficados de la siguiente manera:
Postulados en septiembre:
- Primer pago: a partir del 1 de noviembre
- Segundo pago: a partir del 1 de diciembre
- Tercer pago: a partir del 1 de enero de 2022
- Cuarto pago: a partir del 1 de febrero de 2022
Postulados en octubre:
- Primer pago: a partir del 1 de diciembre
- Segundo pago: a partir del 1 de enero de 2022
- Tercer pago: a partir del 1 febrero de 2022
Postulados en noviembre:
- Primer pago: a partir del 1 de enero de 2022
- Segundo pago: a partir del 1 de febrero de 2022
Postulados en diciembre:
- Único pago: a partir del 1 de febrero de 2022
¿Qué montos voy a recibir?
Con respecto a los montos, estos dependen de las características del trabajador. Por ejemplo, los hombres mayores de 24 y menores de 55 años recibirán el 50% de su Remuneración Bruta Mensual por concepto del IFE Laboral, con un tope de $200.000 mensuales.
Mientras que las mujeres, los jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez, recibirán el 60% de la Remuneración Bruta Mensual por concepto del IFE Laboral, con un tope de $250.000 mensuales.
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