Fiestas Patrias: ¿Quiénes pueden trabajar durante los feriados irrenunciables?
Se acerca el 18 de septiembre y el país se prepara para festejar las Fiestas Patrias 2021, las que serán muy distintas a las de 2020, debido a la actual situación sanitaria del coronavirus.
Para este año, las familias contarán con mayor aforo para reunirse en casas particulares, y algunas comunas podrán organizar fondas y ramadas, siempre de acuerdo a lo que indique el Plan 18 Seguro.
Por otro lado, estas fiestas también inciden en los trabajadores, pues algunos deben realizar labores en sus respectivas fuentes de empleo. Esto, a pesar de que haya feriados irrenunciables.
¿Cuándo comienzan los feriados de Fiestas Patrias?
Primero que todo, este año habrá tres días feriados por la celebración de Fiestas Patrias, los que comenzarán el viernes 17 de septiembre y se extenderán hasta el domingo 19.
Eso sí, los feriados irrenunciables —por ley— son el sábado 18 y el domingo 19 de septiembre. Por su parte, el viernes 17 será feriado, pero no irrenunciable.
¿Quiénes deben trabajar durante los feriados irrenunciables de Fiestas Patrias?
Tanto el sábado 18 como domingo 19 de septiembre, el comercio en general no podrá funcionar para la atención al público, a menos que sea atendido por sus propios dueños —como los negocios o almacenes de barrio—.
Sin embargo, la Dirección del Trabajo señala que existen excepciones, por lo que deben trabajar durante los feriados irrenunciable de Fiestas Patrias aquellos trabajadores que pertenezcan a los siguientes servicios:
- Clubes.
- Restaurantes.
- Establecimientos de entretenimiento, tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
- Locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos
- Casinos de juego y otros lugares de juego legalmente autorizados.
- Establecimiento de venta de combustibles (conocidas como "bencineras" o "bombas de bencina").
- Farmacias de urgencia y farmacias que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
- Tiendas de conveniencia asociada a establecimientos de venta de combustibles, es decir, aquellos lugares comerciales de venta directa al público ubicadas ubicados dentro del recinto de las bencineras, donde se elaboran y venden alimentos preparados en el mismo sitio, y son consumidos por el cliente en el propio local.
De todos modos, la Dirección del Trabajo establece que "los empleados del comercio, excluidos del descanso en días de feriados irrenunciables, tendrán derecho a estos descansos una vez cada dos años, es decir, un año por medio".
Por lo tanto, si una persona debió trabajar durante las Fiestas Patrias de 2020, su empleador está mandatado a otorgarle su respectivo descanso en las celebraciones dieciocheras de este 2021.
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