Subsidio DS49 llamado especial: ¿Cuándo vence el plazo para postular?
El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49, es uno de los beneficios habitacionales más requeridos por las familias, ya que permite adquirir la vivienda propia sin necesidad de un crédito hipotecario.
Las postulaciones individuales para este subsidio aún no se han habilitado, sin embargo, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo tiene un llamado especial vigente para los grupos que busquen construir casas o departamentos en nuevos terrenos ubicados en la Región Metropolitana.
El subsidio lo pueden obtener las familias sin vivienda, que vivan en situación de vulnerabilidad social, y que sean partes de grupos que busquen construir proyectos habitaciones que tengan un mínimo de 10 viviendas y un máximo de 160.
¿Cuál es la fecha límite para postular?
Los grupos que sean parte de proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos que se encuentren calificados por el Serviu, pueden postular hasta el próximo martes 31 de agosto.
Los colectivos que no alcancen a postular en ese plazo, podrán realizar el trámite hasta el 30 de noviembre de 2021.
La selección se realizará en las fechas indicadas en el llamado, entre los proyectos que cumplan con los requisitos y condiciones regulares del Programa Fondo Solidario de Elección de Vivienda y especiales del presente llamado a postulación.
Los resultados de la postulación se darán a conocer por estricto orden de prelación y hasta agotar la totalidad de los recursos que son asignados según cada territorio indicado.
¿En qué comunas podría construir?
En esta ocasión, los terrenos de la Región Metropolitana que están disponibles para construir viviendas son:
- Provincias de Cordillera y Maipo.
- Provincias de Chacabuco, Talagante y Melipilla.
- Provincia de Santiago.
¿Cuáles son los requisitos para postular?
Los integrantes del grupo solicitante tengan calificación del Registro Social de Hogares (RSH), ya que los requisitos dependen del tramo socioeconómico en el que se encuentren sus integrantes:
- Tener un ahorro mínimo de 10 UF (cerca de $297 mil) si son postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable, según el RSH.
- Tener un ahorro mínimo de 15 UF (aproximadamente $446 mil) si son postulantes ubicados sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable, según el RSH.
De todos modos, desde el Ministerio de Vivienda aclaran que para la conformación de los proyectos postulantes, los grupos deben considerar lo siguiente:
- Al menos el 70% de sus integrantes debe pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
- Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
¿Cómo puedo postular al DS49 llamado especial?
Para poder postular al llamado especial del Subsidio DS49 para Construcción en Nuevos Terrenos, se debe realizar el siguiente proceso:
- Pertenecer a un grupo organizado que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes.
- El grupo debe contar con la asesoría de una Entidad Patrocinante (Persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
- La Entidad debe presentar un proyecto habitacional para la Construcción de un loteo o Copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la Entidad Patrocinante, de la Empresa Constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el Comité.
- El proyecto es evaluado por SERVIU, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que estas sean corregidas por la Entidad Patrocinante.
- Una vez que el proyecto resulte calificado por SERVIU, pueden participar en la selección que se dispone con este Llamado.
- Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.
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