Ingreso Mínimo Garantizado: ¿Cuándo recibiré el pago de agosto?
Los empleados dependientes que trabajan más de 30 horas semanales pueden recibir el Subsidio Ingreso Mínimo Garantizado, que consiste en una ayuda económica que mejora la remuneración bruta mensual que reciben dichos trabajadores.
Más en detalle, el objetivo de este beneficio es asegurar que los empleados aseguren un ingreso líquido de, al menos, $319.000.
Tras la entrada en vigencia de la ley que establece el nuevo ingreso mínimo mensual de $337.000, ahora pueden acceder al beneficio nuevas personas, ya que el rango monetario que ejercía como requisito fue extendido.
¿Qué requisitos debo cumplir para ser beneficiario?
Con la entrada en vigencia de la ley del nuevo ingreso mínimo mensual, los que tienen derecho a recibir este aporte monetario son:
- Trabajadores dependientes (con contrato vigente).
- Pertenecer al 90% más vulnerable del país, según el Registro Social de Hogares.
- Tener jornadas laborales entre 30 a 45 horas semanales.
- Tener una remuneración mensual bruta que esté entre los $308.537 y $421.250.
¿Cuál es la fecha de pago del Ingreso Mínimo Garantizado?
La fecha de pago del subsidio depende del mes en que postuló la persona, dado que los pagos se depositan dentro de los 5 últimos días hábiles del mes siguiente.
Por lo tanto, los que postularon al subsidio en julio recibirán el pago de agosto entre el miércoles 25 y martes 31 del presente mes.
¿Cuáles son los montos del beneficio?
Los montos del subsidio son variables y dependen de la remuneración mensual bruta que recibe el empleado, considerando el contrato y las horas de trabajo semanales pactadas en dicho documento.
Aquellos que tienen una remuneración bruta imponible que iguala el salario mínimo ($337.000) reciben el monto máximo de $50.000, con el objetivo de que el ingreso líquido quede en $319.000.
Mientras que quienes poseen una remuneración de $421.250 (el tope máximo para ser beneficiario) no reciben el subsidio, dado que con los descuentos legales, el ingreso líquido queda justo en $337.000.
Por lo tanto, las remuneraciones con y sin el monto del subsidio quedarían de la siguiente manera:
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