Bono Adicional Variable: ¿Cuándo vence el plazo para postular al beneficio de hasta $2 millones?
El Bono Adicional Variable para Pymes es un beneficio monetario que entrega hasta $2 millones, por una sola vez, a las empresas –sean personas naturales o jurídicas- que cumplan con ciertos requisitos.
Este aporte está destinado a las Pymes que deben pagar IVA y el monto a recibir corresponde a tres veces el IVA promedio declarado en 2019, con un tope de $2 millones.
El dinero a recibir por el bono, aumentará en un 20% en caso de que la titular de la empresa tenga sexo registral femenino.
¿Hasta cuándo y cómo puedo solicitar el Bono Adicional Variable?
El Bono Adicional Variable para Pymes se puede solicitar hasta el lunes de 18 de octubre en el sitio del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para solicitar el bono, el usuario debe acceder al sitio del SII, dirigirse al banner "Beneficios Mypes" y hacer clic en "ingresa aquí". Luego deberá ingresar a la opción "Bono Adicional IVA".
Allí, tendrá que seleccionar el botón verde que dice "solicitar y consultar Bono Adicional", para luego acceder con Clave Única o Clave Tributaria del SII.
En el sitio no hay que adjuntar ningún documento, ya que el sistema determinará de manera automática si el usuario puede recibir el beneficio y el monto que obtendrá.
¿Cuáles son los requisitos?
Las condiciones para recibir el Bono Adicional Variable para Pymes son las siguientes:
- Haber informado inicio de actividades de 1ª categoría al 31 de marzo de 2020.
- Tener ingresos anuales por ventas y servicios del giro menores a $726.758.250 en el año 2020 (25.000 UF al 31 de diciembre de 2020).
- Cumplir con una de las siguientes condiciones: tener ingresos en dos meses continuos o discontinuos entre enero de 2020 y abril de 2021; o tener al menos un trabajador contratado el año 2020.
- Cumplir las condiciones para acogerse al Régimen Pro Pyme 14 D) de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- No desempeñar actividades financieras o de seguros.
- Quienes obtuvieron el Bono Alivio Mypes, y adeudaban cotizaciones, tienen que haber destinado al menos el 30% del monto del bono al pago de dicha deuda, o el monto que corresponda si la deuda era menor.
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