Subsidio Familiar: Revisa si te corresponde el beneficio
El Subsidio Familiar, conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), es un beneficio destinado a las familias que sean parte del 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
El monto del Subsidio Familiar es de $13.832 por carga familiar. Sin embargo, el pago que se genera para las personas con discapacidad es el doble, es decir, de $27.664.
¿Quiénes pueden recibir estos montos?
Este beneficio lo pueden recibir aquellas personas que no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante de esta asignación.
De ese modo, el aporte va dirigido en el siguiente orden a:
- La madre.
- En su defecto, el padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidados de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
¿Quiénes son los causantes del Subsidio Familiar?
El Subsidio Único Familiar (SUF) está dirigido a causantes que tengan la siguiente condición:
- Sean menores (hasta los 18 años de edad) y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años, y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. En caso de los niños mayores de 6 años se debe acreditar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes.
- Tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban Subsidio Familiar. En este caso, la misma madre será la beneficiaria.
En el caso de las embarazadas, pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, al pasar a ser "causante madre".
Cabe destacar que el Subsidio Familiar es incompatible con los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares; el goce de la Pensión Básica Solidaria (PBS), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez; y el subsidio de discapacidad mental.
¿Cómo se solicita el Subsidio Familiar?
El Subsidio Familiar se debe solicitar directamente en la municipalidad correspondiente al domicilio y los documentos a presentar dependerán de la causal por la que se postula.
Según informaron desde Chile Atiende, por lo general, los documentos solicitados son:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años. Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.
Luego de que la municipalidad compruebe la calidad de beneficiario y el cumplimiento de los requisitos, el alcalde respectivo dicta un Decreto fundado de reconocimiento, el que inscribe en un registro especial que se remite de inmediato al Instituto de Previsión Social (IPS), para el pago del beneficio.
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