Bono por Deber Asistencia Escolar: ¿Quiénes reciben los pagos mensuales?
Para incentivar la responsabilidad hacia la educación de los niños, niñas y adolescentes, el Estado entrega el Bono por Deber Asistencia Escolar, que consiste en un beneficio monetario mensual.
Estos montos son destinados a familias que cuenten con integrantes de entre 6 y 18 años que estudien en educación básica o media, y cumplan con ciertos requisitos.
Cabe destacar que este aporte es compatible con otras transferencias y subsidios otorgados por el Estado, tales como el Bono IFE Universal.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?
El Bono por Asistencia Escolar lo pueden recibir las familias que cumplan con los siguientes requisitos:
- Sean usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades.
- Estén participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Las familias beneficiarias deben contar con integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños o niñas deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media.
- Los estudiantes deben cumplir con una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condicionante durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia promedio del período julio-diciembre del año anterior.
¿Hay que postular?
Este beneficio no es postulable y la acreditación de la asistencia escolar mensual la realiza el Ministerio de Educación (Mineduc); por lo tanto, las personas no deben hacer ningún trámite para solicitar la ayuda estatal.
Al momento que la familia o la persona firma el Plan de Intervención y la carta de compromiso (es decir, que pasa a ser usuaria del Subsistema Seguridades y Oportunidades), se activan las transferencias.
¿Qué monto recibiré?
Las familias que cumplan con los requisitos recibirán $7.000 mensual por cada niño, niña o adolescente que cumpla los requisitos señalados.
El pago se efectúa mensualmente (en la medida que se cumplan los requisitos), con un desfase de 3 meses. De ese modo, el pago de la asistencia del mes de agosto del respectivo año, será realizado en el mes de noviembre del mismo año.
Asimismo, el pago de este bono se realiza en conjunto con el Bono de Protección y el Bono Base Familiar.
La familia participante del programa Seguridades y Oportunidades elige la forma en que recibirá y cobrará los bonos, lo que puede ser mediante:
- Depósito en cuenta bancaria o Cuenta RUT.
- Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado.
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