Bono Alivio Mypes: ¿Quiénes deben devolver el dinero?
Como forma de ayudar a las pequeñas y medianas empresas (Pymes) que se han visto afectadas por la crisis económica del coronavirus, el Gobierno comenzó a entregar una serie de ayudas económicas.
Dentro de estos se encuentra el Bono de Alivio para Pymes de $1 millón, dirigido a personas naturales o jurídicas que hayan iniciado actividades en primera categoría hasta el 31 de marzo de 2020 y que tengan ingresos anuales que no hayan superado las 25.000 UF en 2020.
También existe el Bono Adicional Variable, de hasta $2 millones, destinado a las Pymes que deben pagar IVA.
Además, las empresas acogidas a la Ley de Protección del Empleo, que hayan declarado y no pagado las cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores suspendidos, pueden obtener el Anticipo Solidario para el Pago de Cotizaciones.
¿Quiénes deben devolver el bono?
Dentro de los beneficios ofrecidos, las Pymes y feriantes que reciban el bono de $1 millón no deben devolver posteriormente estos dineros, como tampoco quienes accedan al Bono Adicional Variable.
Cabe destacar esos sí, que si los bonos fueron obtenidos mediante "engaño, simulación o falseando datos o antecedentes", estos dineros sí se deben devolver en su totalidad o en parte si es que se accedió a un monto superior al correspondiente. No devolver el dinero tiene una multa de un 300% del dinero obtenido.
Quienes sí deben devolver obligatoriamente los montos son las empresas con hasta 49 trabajadores que accedieron al anticipo solidario para el pago de cotizaciones.
¿Cómo se devuelve el dinero?
En el caso de quienes accedieron al anticipo para cotizaciones, estos dineros se deben devolver al fisco en cinco cuotas anuales desde la Operación Renta 2023.
Estas cuotas serán sin multas ni intereses y corresponden cada una a un 20% del beneficio, las cuales no pueden exceder el 10% de las rentas de la empresa. Si luego de la quinta cuota aún queda un saldo que pagar, este será condonado por el Estado.
En cuanto a quienes hayan accedido a los bonos de forma fraudulenta, la Tesorería General de la República (TGR) tiene habilitada la opción para que Pymes y feriantes puedan devolver el dinero sin riesgo de multas.
En este sitio se debe acceder con el RUT de la persona que obtuvo el bono. Allí hay que completar el formulario, indicar el dinero a devolver, y finalmente imprimir el cupón de pago presencial o pagar inmediatamente de forma online.