Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Cuál es el monto que obtendrán los pensionados del IPS?
El aguinaldo de Fiestas Patrias para los pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) es un monto de dinero que se entrega una vez en el año a quienes cumplan con los requisitos.
Este año, el pago del aguinaldo 2021 se realizará junto a la pensión correspondiente al mes de septiembre.
Cabe destacar que el dinero correspondiente al aguinaldo no está afecto a descuentos y no es tributable ni imponible, por lo que no se considera en el pago de impuestos ni de cotizaciones previsionales.
¿Cuál es el monto que recibiré?
El monto base del aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 es de $20.624.
Esa cifra aumentará en $10.581 por cada persona que el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar al 31 de agosto de 2021.
El incremento del aguinaldo deberá pagarse a quien perciba o hubiera podido percibir la Asignación Familiar en caso de que:
- Estas asignaciones sean recibidas por una persona distinta del pensionado.
- Hubiese podido percibir las asignaciones de no pertenecer al tramo 4 (personas con ingresos mensuales superiores a $779.882).
¿Quiénes recibirán el aguinaldo?
El aguinaldo de Fiestas Patrias 2021 lo recibirán los pensionados del IPS que, al 31 de agosto, sean:
- Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Básica Solidaria de Vejez o de Invalidez.
- Pensionados o pensionadas Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
- Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
- Pensionados o pensionadasde las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
- Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
- Beneficiarios o pensionadas de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.
- Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
- Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental.
¿Hay aguinaldo en el sector privado?
Según informaron desde ChileAtiende, otorgar aguinaldo a los trabajadores no es una obligación de los empleadores.
No obstante, un trabajador del sector privado puede tener derecho a recibir aguinaldo de Fiestas Patrias en caso de que:
- Esté contemplado en su contrato de trabajo.
- Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.
En estos casos, el aguinaldo sí puede ser exigido al empleador (empresa) como un derecho de los trabajadores.
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