Aumentan montos del Pilar Solidario: Conoce la pensión que recibirás
Uno de los principales objetivos del Pilar Solidario es entregar pensiones a las personas que no cotizaron o que tienen muy pocos fondos previsionales en sus AFP.
Dentro de los beneficios entregados por el Instituto de Previsión Social (IPS) está la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), dirigida a quienes no tienen derecho a una pensión en algún régimen previsional; y el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), que aumenta las pensiones a quienes cumplan con ciertos requisitos.
Con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de los últimos 12 meses, el 1 de julio se aplicó el reajuste automático a los montos de los beneficios del Pilar Solidario, por lo que estas pensiones cuentan con nuevos montos.
¿Cuáles son los nuevos montos de los beneficios del Pilar Solidario?
La Pensión Básica Solidaria de Vejez se entrega por tramos de edad, por lo que los nuevos montos son los siguientes:
- $164.356, para quienes tienen entre 65 y 74 años.
- $176.096, para las personas de 75 o más años.
El monto del Aporte Previsional Solidario de Vejez, en tanto, será variable según el monto y tipo de pensión.
Es importante recordar que los pensionados y pensionadas no requieren hacer ningún trámite para recibir este reajuste, pues se incorpora a su pensión de forma inmediata.
¿Quiénes reciben estos beneficios?
La Pensión Básica Solidaria de Vejez está dirigida a quienes no tengan derecho a percibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o como beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
Por su parte, el Aporte Previsional Solidario de Vejez está dirigido a pensionados de una AFP, compañía de seguros o ex caja de previsión social administrada por el Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan pensiones bajas.
En concreto, el Aporte Previsional se entregará a personas entre 65 y 74 años con pensión base inferior a $485.674 y a adultos mayores de 75 años cuyas pensiones bases deben ser hasta $520.366; con el fin de aumentar el monto de la jubilación.
Adicionalmente, para obtener cualquiera de estos dos requisitos, las personas deberán:
- Tener al menos 65 años al momento de la solicitud.
- Pertenecer al 60% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
- Acreditar residencia en el territorio chileno por un período de 20 años continuos o discontinuos.
- Haber vivido en país al menos cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
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