¿Qué pasa con el cuarto retiro del 10%? Revisa en qué etapa está en el Congreso
El cuarto retiro del 10% de los ahorros de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) se podría materializar en caso de que se aprueben y promulguen los proyectos presentes en el Congreso.
Actualmente, en el parlamento hay dos iniciativas que buscan que se concrete el cuarto retiro; se trata de los proyectos presentados, por separado, por la diputada Pamela Jiles (Partido Humanista) y por el diputado Jorge Durán (Renovación Nacional).
El proyecto de Jiles establece que los afiliados puedan retirar un monto que no exceda las 150 UF ($4.445.994), ni que sea inferior a 35 UF ($1.037.398). No obstante, quienes tengan menos de 35UF, podrían retirar todos sus fondos.
En tanto, la iniciativa de Durán, propone que los afiliados del sistema previsional podrán retirar mensualmente desde cinco ingresos mínimos mensuales ($1.632.500) hasta un máximo de 150 UF ($4.445.994) de su cuenta.
¿En qué etapa está el cuarto retiro del 10%?
El proyecto de Jiles y la iniciativa de Durán fueron declarados admisibles por parte de la Cámara de Diputados y su Mesa Directiva, por lo que se encuentran en primer trámite constitucional.
Las mociones se enviaron a la Comisión de Constitución para su análisis y votación, sin embargo, no han sido puestos en tabla, por lo que no ha comenzado su discusión.
Si bien aún no hay una fecha definida para que el Congreso comience la discusión del cuarto retiro, el presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, Marcos Ilabaca (PS), indicó que pronto podría comenzar.
"Tengan por seguro que este tema será debatido prontamente en la Comisión de Constitución que presido", aseguró.
¿Qué se necesita para que se transforme en Ley?
Pese a que no se sabe cuándo comenzará la discusión, durante el primer trámite constitucional los parlamentarios deberán discutir los proyectos para luego aprobarlos, desecharlos o aprobarlos en general, pero con cambios o adiciones.
Si es que avanza, el proyecto del cuarto retiro pasará su segundo trámite constitucional en el Senado.
El Senado podrá aprobar, modificar o rechazar el proyecto. En caso de que sea aprobado, la moción se remitirá al Presidente de la República para su eventual promulgación.
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